Brianda
Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Novena Época
204 061
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO PRIMER CIRCUITO.
II, Octubre de 1995
Pág. 577
Tesis Aislada(Penal) Superada por contradicción
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| [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; II, Octubre de 1995; Pág. 577 |
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| MULTA, SUSTITUCION DE LA PENA POR. |
El artículo 70 del CódigoPenal Federal, establece que la pena de prisión que no exceda de tres años podrá ser sustituida por multa, a juicio del juzgador, apreciando lo dispuesto en los artículos 51 y 52 del mismo ordenamiento legal. Ahora bien, si para el efecto de la individualización de las sanciones, atento a estos últimos preceptos, deben tomarse en consideración tanto las circunstancias personales del sentenciado,como las peculiaridades que concurrieron en la comisión del ilícito, su trascendencia y repercusión, cuyo análisis conducirá a ubicar la peligrosidad del infractor en determinado grado y, sobre esa base, se le imponen las penas que correspondan según el caso; luego, cuando se le concede el beneficio de la sustitución de la pena de prisión, para fijar la multa sustitutiva ha de considerarse, yaúnicamente, que en términos de la parte final del artículo 29 del propio código represivo, corresponde un día multa por un día de cárcel, y así establecerse el monto de tal sustituto penal, pues de volver a considerar aquellas circunstancias para determinar la cuantía de la multa específica que habrá de enterar el sentenciado a fin de disfrutar de dicho beneficio, se traduciría en hacer una modificacióna la pena de prisión que fue impuesta, precisamente atendiendo a esas particularidades.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO PRIMER CIRCUITO
Amparo directo 568/95. José Luis Pineda Rodríguez. 31 de agosto de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Díaz Ponce de León. Secretario: Octavio Chávez López
Nota: Esta tesis contendió en la contradicción 58/95 resuelta por la Primera Sala, de la quederivó la tesis 1a./J. 29/97, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo VI, julio de 1997, página 54, con el rubro: "MULTA, SUSTITUCIÓN DE LA PENA DE PRISIÓN POR."
Tesis
Semanario Judicial de la Federación
Séptima Época
251 983
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.
121-126 Sexta Parte
Pág. 149
TesisAislada(Penal)
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| [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; 121-126 Sexta Parte; Pág. 149 |
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PENA, REMISION PARCIAL DE LA. FALTA DE PAGO DE LA REPARACION DEL DAÑO O DE UN CONVENIO SOBRE LOS TERMINOS EN QUE PUEDE CUBRIRSE NO CONSTITUYE UN DATO QUE REVELE INDEFECTIBLEMENTE INADAPTACION SOCIAL DEL SENTENCIADO. |
Es verdad que de conformidad con el artículo 16 de la Ley de Normas Mínimassobre Readaptación Social, para concederse la remisión parcial de la pena, es necesario que el interno observe buena conducta, participe regularmente en las actividades educativas que se organice en el establecimiento y revele por otros datos efectiva readaptación social, siendo esta última el factor determinante para la concesión o negativa de la remisión parcial de la pena, sin que la concesión delbeneficio pueda fundarse exclusivamente en los días de trabajo, en la participación de actividades educativas y en el buen comportamiento del sentenciado. También es cierto que corresponde a la Dirección General de Servicios Coordinados de Prevención y Readaptación Social de la Secretaría de Gobernación, la facultad de apreciar si por otros datos revela el sentenciado que se ha readaptadosocialmente, y es asimismo acertado el criterio que sustenta dicha autoridad, en el sentido de que uno de los aspectos fundamentales en el proceso de readaptación social de quien ha sido condenado en su preocupación por atender a la reparación del daño que causó a la víctima de la infracción penal, pues efectivamente resulta difícil considerar como socialmente readaptado al delincuente cuya conducta...
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