Bruzzone Proyectos De Reforma Al CPP Nación En Salvaguarda De La Garantía Del Juez Imparcial I

Páginas: 140 (34764 palabras) Publicado: 19 de octubre de 2015
CUADERNOS DE
DOCTRINA Y
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CUADERNOS

DE DOCTRINA Y JURISPRUDENCIA

PENAL

N° 9

MODIFICACIÓN ART. 471 CÓDIGO PROCESAL PENAL

-

Articulo 10 Sustitúyese el arto 471 del Código Procesal Penal
(ley 23.984) por el siguiente:
Art. 471 - "Si hubiereinobservancia de las normas procesales.
la Cámara anulará lo actuado y remitirá el proceso al tribunal que
corresponda para su substanciación.
Nunca podrá volver a intervenir
el mismo tribunal cuya actuación fue anulada".
Art. 20 - De forma.
Fdo.: Juan Pablo Cafiero - Diana B. Conti. Diputados
ción.

de la Na-

FUNDAMENTOS

11
PROYECTOS DE REFORMA AL CÓDIGO PROCESAL
PENAL DE LA NACIÓN EN SALVAGUARDADE LA GARANTÍA DEL JUEZ IMPARCIAL

Sr. Presidente:
Si bien el agregado que se efectúa prohibiendo la remisión y nueva
intervención del órgano jurisdiccional cuyo proceso fue anulado. pareceria sobreabundante.
puesto que en toda actuación de mérito el
judicante adelanta su opinión y cohíbe su imparcialidad; algunas prácticas de nuestra Cámara Nacional de Casación Penal y de nuestro
tribunales dejuicio han puesto de resalto un parecer diferente que
conviene sea claramente acotado.
Especificamente la garantia constitucional del juez imparcial requiere su refuerzo normativo de modo que su efectividad quede fuera
del poder discrecional y opinable de nuestros operadores judiciales.
Es por estos fundamentos que solicito a esta Honorable Cámara
que apruebe el presente proyecto de ley.
Fdo.: JuanPablo Cafiero - Diana B. Conti. Diputados

de la Nación.

GUSTAVO

A.

BRUZZONE*

Por Agustina. Manuel. el Federal n° 6 y tantas
otras cosas. este trabqjo está dedicado
a mi amigo y colega Javier A. De Luca

l. Introducción
Pese al reconocimiento unánime de la doctrina y aunque
todavía. en los hechos. no se ha concretado adecuadamente.
ya es un lugar común en ámbitos judiciales que se ocupan de
laadministración
de justicia penal leer y escuchar referencias críticas acerca de la grave contradicción que supone para
la garantía del juez imparcial el hecho -tolerado
y estimulado normativamentede que un mismo magistrado pueda participar de la instrucción de un asunto penal y luego. pese a
que su objetividad e imparcialidad
se encuentran
contaminadas. intervenir en el juicio o plenario queconcluirá en su
sentencia.
Los proyectos que se presentan en este comentario si bien
fueron realizados por legisladores nacionales de distintos partidos políticos. y con diferentes enfoques. se encuentran unidos
en el intento de dar una respuesta común a las inquietudes apuntadas precedentemente. Los legisladores aludidos son el senador
* Profesor adjunto regular del Departamento
de Derecho Penal yDerecho
cesal Penal de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales. UBA.

Pro-

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CUADERNOS

DE DOCTRINA Y JURISPRUDENCIA

PENAL N° 9

Humberto E. Salum y los diputados Bernardo Quinzio, Juan Pablo
Cafiero y Diana B. Conti.
Los proyectos de Salum y Quinzio, especialmente, se ocupan de la situación generada en aquellas provincias donde no
existe cámara de apelaciones en el ámbito federal respectode
interlocutorios dictados por jueces federales de instrucción pero,
extendiéndolo -en el caso del senador Salum-, a la situación
que genera la organización de la justicia correccional en la ciudad de Buenos Aires en coincidencia con lo propuesto por Cafiero
y Conti en Diputados. Estos dos últimos, a su vez, proponen la
expresa incorporación de una regla que le impida al tribunal,
cuya sentenciafue casada por el ad quem, seguir conociendo del
asunto.
En los fundamentos de algunos de los proyectos se hace referencia directa a pronunciamientos judiciales que los habrían inspirado, razón por la cual, en el presente comentario también se habrán de analizar alg..mos de ellos y otros que se han podido detectar
y que justifican y avalan la iniciativa legislativa de reforma.
Así, por ejemplo,...
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