Buenas practicas cyl
Aprobado por Decreto 109/1998 de la Junta de Castilla y León.
Publicado en B.O.C.y L. nº 112 de 16 de junio de 1998.
INTRODUCCION
El presente Código de Buenas Prácticas Agrarias, en adelante Código, responde a
las exigencias comunitarias recogidas en la Directiva del Consejo 91/676/CEE, de 12 de
diciembre de 1991, y en el R.D.26/1996 de 16 de febrero («B.O.E.» n.º 61 de 11 de
marzo), relativo a la protección de las aguas contra la contaminación producida por
nitratos procedentes de fuentes agrarias.
La multiplicidad de condiciones climáticas, edafológicas y de prácticas culturales
presentes en la agricultura y ganadería de Castilla y León representan un grave
inconveniente a la hora de establecer, con carácter general,una serie de normas a
adoptar por los agricultores y ganaderos en la fertilización orgánica y mineral de sus
suelos. Por este motivo el Código no puede entrar con detalle en la situación particular
de cada explotación, limitándose a dar una panorámica general del problema, a la
descripción de los productos potencialmente fuente de la contaminación nítrica de las
aguas y a contemplar laproblemática y actuaciones generales en cada una de las
situaciones o cuestiones que recoge el Anexo II de la Directiva 91/676/CEE, antes citada.
El Código no tiene carácter obligatorio, siendo una recopilación de prácticas
agrarias concretas que voluntariamente podrán llevar a efecto los agricultores. No
obstante, una vez que la Administración designe las zonas vulnerables y se establezca
paralas mismas los programas de acción correspondientes, las medidas contenidas en
ellos serán de obligado cumplimiento.
Sirva pues el presente Código de Buenas Prácticas Agrarias como Marco de
referencia para el desarrollo de una agricultura compatible con el medio ambiente, en
consonancia con una racional utilización de los fertilizantes nitrogenados y base para la
elaboración de programas deacción mucho más concretos y específicos para cada una
de las zonas vulnerables que se designen.
1. DEFINICIONES
A los efectos del presente Código de Buenas Prácticas Agrarias, y considerando
igualmente la terminología recogida en la Directiva del Consejo 91/676/CEE relativa a la
protección de las aguas contra la contaminación producida por nitratos utilizados en la
agricultura, seentenderá por:
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a) Contaminación. La introducción de compuestos nitrogenados de origen agrario en el
medio acuático, directa o indirectamente, que tenga consecuencias que puedan
poner en peligro la salud humana, perjudicar los recursos vivos y el ecosistema
acuático, causar daños a los lugares de recreo u ocasionar molestias para otras
utilizaciones legítimas de las aguas.
b)Contaminación difusa por nitratos. Es el vertido indiscriminado del ión NO3 - en el
suelo y consecuentemente en el agua, hasta alcanzar los 50 mg/l de concentración
máxima admisible y/o 25 mg/l como nivel guía o recomendado.
c) Contaminación puntual. A diferencia de la contaminación difusa, es la causada por
agentes conocidos de polución.
d) Zonas vulnerables. Superficies conocidas delterritorio cuya escorrentía fluya hacia
las aguas afectadas por la contaminación y las que podrían verse afectadas por la
contaminación si no se toman las medidas oportunas.
e) Aguas subterráneas. Todas las aguas que estén bajo la superficie del suelo en la
zona de saturación y en contacto directo con el suelo o el subsuelo.
f) Agua dulce. El agua que surge de forma natural, con baja concentraciónde sales, y
que con frecuencia puede considerarse apta para ser extraída y tratada a fin de
producir agua potable.
g) Compuesto nitrogenado. Cualquier sustancia que contenga nitrógeno, excepto el
nitrógeno molecular gaseoso.
h) Ganado. Todos los animales criados con fines de aprovechamiento o con fines
lucrativos.
i) Fertilizante. Cualquier sustancia que contenga uno o varios compuestos...
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