buenas tareas

Páginas: 20 (4786 palabras) Publicado: 26 de septiembre de 2013
NORMAS LEGALES
NORMAS ASOCIADAS
GJA-00.05: TABLA DE SANCIONES APLICABLES A LAS INFRACCIONES PREVISTAS EN LA LEY GENEAL DE ADUANAS
Inicio Norma Asoc.
Temario
Normas Asociadas
Control de Cambios



Cod.Doc: GJA-00.05
TABLA DE SANCIONES APLICABLES A LAS INFRACCIONES PREVISTAS EN LA LEY GENERAL DE ADUANAS
Versión: 1
Publicación: 11.02.2009
Norma: Decreto Supremo N°031-2009-EFVigencia: 17.03.2009






I. INFRACCIONES SANCIONABLES CON MULTA:





A) Aplicables a los operadores del comercio exterior, según corresponda, cuando:



Infracción
Referencia
Sanción
1.- No comuniquen a la Administración Aduanera el
Numeral 1
0.5 UIT.
nombramiento y la revocación del representante legal
Inciso a)

y de los auxiliares dentro del plazo establecido;Art. 192°

2.- Violen las medidas de seguridad colocadas o
Numeral 2
Equivalente al 1.5 del valor FOB de las
verificadas por la autoridad aduanera, o permitan su
Inciso a)
mercancias determinado por la autoridad
violación, sin perjuicio de la denuncia de corresponder;
Art. 192°
aduanera con un mínimo de 3 UIT.
3.- No presten la logística necesaria, impidan u
Numeral 3
3UIT.
obstaculicen la realización de las labores de
Inciso a)

reconocimiento, inspección o fiscalización dispuestas
Art. 192°

por la autoridad aduanera, así como el acceso a sus


sistemas informáticos;


4.- No cumplan con los plazos establecidos por la
Numeral 4
1 UIT en el reembarque terrestre o
autoridad aduanera para efectuar el reembarque,
Inciso a)
tránsitoterrestre.
tránsito aduanero, transbordo de las mercancías,
Art. 192°

rancho de nave o provisiones de a bordo, a que se

0.25 UIT para los demás casos.
refiere la Ley General de Aduanas;


5.- No proporcionen, exhiban o entreguen información
Numeral 5
1 UIT en el control posterior.
0.25 UIT para la información o documenta-
o documentación requerida, dentro del plazo estable-Inciso a)
ción relativa al despacho.
cido legalmente u otorgado por la autoridad aduanera;
Art. 192°



0.1 UIT para la información relativa a la res-


titución de derechos arancelarios salvo los


casos establecidos para las sanciones


aplicables a la restitución de derechos regu-


ladas sobre la base del artículo 192° literal


c), numeral 3.


Equivalenteal doble de los derechos


antidumping, compensatorios o salvaguardias


más altas aplicables a mercancías que por


sus características físicas, calidad, prestigio


comercial y valor sean similares a las


mercancías importadas para los casos en


que el importador no proporcione, exhiba o


entregue la información o documentación


requerida respecto al origende la mercancia.





En este caso se tomarán en cuenta los


derechos o salvaguardias vigentes al


momento de la numeración de la declaración.
0.1 UIT en los demás casos.






6.- No comparezcan ante la autoridad aduanera
Numeral 6
0.5 UIT.
cuando sean requeridos;
Inciso a)


Art. 192°

7.- No lleven los libros, registros o documentos
Numeral 7
1 UITpor cada libro, registro o documento
aduaneros exigidos o los lleven desactualizados,
Inciso a)
que no lleven.
incompletos, o sin cumplir con las formalidades
Art. 192°
0.5 UIT por cada libro, registro o documento,
establecidas.

que lleven desactualizado, incompleto o sin


cumplir con las formalidades establecidas.



B) Aplicables a los despachadores de aduana, cuando:Infracción
Referencia
Sanción
1.- La documentación aduanera presentada a la
Numeral 1
0.5 UIT.
Administración Aduanera contenga datos de
Inciso b)

identificación que no correspondan a los del dueño,
Art. 192°

consignatario o consignante de la mercancía que


autorizó su despacho o de su representante;


2.- Destine la mercancía sin contar con los docu-...
Leer documento completo

Regístrate para leer el documento completo.

Estos documentos también te pueden resultar útiles

  • Buenas tareas
  • Buenas tareas
  • Buenas Tareas
  • Tareas Buenas
  • Buenas tareas
  • Tareas buenas
  • Buenas tareas
  • Buenas tareas

Conviértase en miembro formal de Buenas Tareas

INSCRÍBETE - ES GRATIS