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Hernández González, Mª del Rocío
Grado de Turismo, 2ºB
DNI: 05297542-K
Telf.: 696529802
Correo electrónico: rocio_hdez@msn.com
Ferreiro Mollejo, María
Grado de Turismo, 2ºB
DNI: 50466782-K
Telf: 660444937
Correo electronico: maria.ferreiro29@gmail.com
SUMARIO
I: Definiciones
II: Normativa
III: Información contractual
IV: Forma ycontenido del contrato
V: Modificación del contrato
VI: Resolución imputable al organizador o cancelación del viaje
VII: Responsabilidad de organizadores y detallistas
VIAJES COMBINADOS
I.- DEFINICIONES.
Se entiende por viaje combinado la combinación previa, vendida u ofrecida en venta con arreglo a un precio global, con prestación que sobrepase las 24 horas o incluya una noche deestancia, de al menos dos de los siguientes elementos (art. 151 LGDCU):
a) Transporte.
b) Alojamiento.
c) Otros servicios turísticos no accesorios del transporte o del alojamiento y que constituyan una parte significativa del viaje combinado.
El artículo 151 LGDCU contempla, igualmente, las siguientes definiciones relacionadas con el contrato de viaje combinado:
1.Organizador: persona física o jurídica que organiza de forma no ocasional viajes combinados y los vende u ofrece en venta, directamente o por medio de un detallista. Debe tener la consideración de agencia de viajes, de acuerdo con la normativa administrativa.
2. Detallista: persona física o jurídica que vende u ofrece en venta el viaje combinado propuesto por un organizador. Debe tener laconsideración de agencia de viajes, de acuerdo con la normativa administrativa.
3. Contratante principal: persona física o jurídica que compra o se compromete a comprar el viaje combinado.
4. Beneficiario: persona física en nombre de la cual el contratante principal u otro beneficiario cede el viaje combinado.
5. Cesionario: persona física a la cual el contratante principal u otro beneficiariocede el viaje combinado.
6. Consumidor o usuario: cualquier persona en la que concurre la condición de contratante principal, beneficiario o cesionario.
7. Contrato: acuerdo que vincula al consumidor con el organizador o detallista.
II. NORMATIVA.
Los viajes combinados están regulados en los artículos 150 a 165 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de Noviembre, por el que seaprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias (LGDCU).
III. INFORMACIÓN PRECONTRACTUAL.
El detallista u organizador ha de facilitar al consumidor un folleto informativo que contemple por escrito la oferta sobre el viaje combinado. Deberá contener una información clara, precisa y comprensible sobre los siguientesdatos (art. 152 LGDCU):
a) Destinos y medios de transporte, con sus características y clase.
b) Duración, itinerario y calendario de viaje.
c) Relación de establecimientos de alojamiento, con su tipo, situación, categoría y principales características, así como su homologación y clasificación turística si la hay.
d) Número de comidas que se van a servir e indicación de silas bebidas están incluidas.
e) Información general sobre las condiciones aplicables a los nacionales de Estados miembros de la Unión Europea en materia de pasaportes y visados y formalidades sanitarias para viaje y estancia.
f) Precio final completo del viaje combinado, incluidos impuestos, y precio estimado de las excursiones facultativas. También se informará de los gastosadicionales que haya de asumir el consumidor, indicando su importe si se conoce.
g) Importe o porcentaje del precio que se anticipa y calendario de pago del resto del precio, así como las condiciones de financiación que se oferten.
h) Si se requiere un número mínimo de inscripciones y, en su caso, la fecha límite de información al consumidor y usuario en caso de anulación.
i) Cláusulas...
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