CÓDIGO DE ÉTICA PROFESIONA
SECCIÓN I
NORMAS GENERALES
Articulo 1º: Causa que sirve la abogacía. – El abogado debe ejercer su noble oficio, poniendo
todo su empeño en servir la Justicia, cooperando para el efecto con los Jueces y dirigiendo y aconsejando a sus clientes con estricta sujeción a las normas jurídicas y morales. Debe defender el prestigio de la Abogacía, la dignidad de lamagistratura, el perfeccionamiento de las instituciones y el orden jurídico, con desinterés y valentía.
Art. 2º: Honor profesional. – El abogado tiene la obligación fundamental de cumplir su función
con absoluta probidad, con alta dignidad y gran decoro.
Art. 3º: Aceptación de asuntos. – El abogado tiene plena libertad para aceptar o rechazar los
asuntos, salvo en los casos en que por expresadisposición de la ley esté obligado aceptarlos. En su decisión no debe influir para nada la cuantía o el provecho personal. Tampoco debe influir el miedo a los riesgos personales, el de desagradar a las autoridades, o el de afrontar la impopularidad. La defensa de un acusado es libre, cualquiera sea la opinión que el profesional tenga sobre la responsabilidad de su defendido.
Art. 4º: Deber dedecencia. – El Abogado debe tratar a los magistrados con respeto, con cortesía, y con entera independencia, y evitar en los escritos el uso de expresiones injuriosas y de ataques personales.
Art. 5º: Secreto profesional. – El secreto profesional es un deber y un derecho, con relación a
los hechos confiadosle en razón de su oficio, y subsiste aun después que el abogado haya dejado de prestarservicios. No puede intervenir en asuntos que pueda importar la utilización de confidencias recibidas en el ejercicio de la profesión, contra el confidente, salvo que la revelación del secreto sea indispensable para su propia defensa. No puede aconsejar o representar a una de las partes, después de aconsejar o recibir el mandato y el secreto de la otra en el mismo asunto.
Art. 6º: ActividadesIlícitas.- El abogado no podrá trabajar asociado con persona que ejerce
ilícitamente la profesión, ni prestar su firma para el trafico ilícito y desleal de gestores oficiosos, ya se trate de personas físicas o de organizaciones.
Art. 7º: Oficinas jurídicas.- Toda oficina o estudio jurídico debe estar bajo la dirección y responsabilidad de uno o mas abogados, cuyos nombres no deben desaparecer bajoel emblema de la organización. El abogado no es comerciante, y no puede, por tanto, usar su nombre de fantasía, ni prestar sus servicios en forma anónima.
Art. 8º: Formación de clientela.- El Abogado debe evitar la solicitación directa o indirecta de
clientela. En este orden, debe abstenerse de toda publicidad sospechosa o excesiva, y la mediación de agentes o corredores. Se recomienda quelos avisos profesionales se limiten a la indicación de títulos, especialidades, sede del escritorio y horas de consultas, en textos corrientes y no llamativos.
Art. 9º: Soborno e influencias políticas.- Incurre en una grave falta de ética profesional, el
Abogado que prevalido de la influencia política o el soborno, coaccione sobre los magistrados y demás funcionarios de la AdministraciónPublica, para hacer primar sus pretensiones sujetas a decisión judicial. Ningún Abogado debe poner en juego o utilizar influencias sobre el Juez, ya sea interponiendo su amistad, o recurriendo a recomendaciones, o a cualquier otro medio incorrecto que no sea el análisis razonado de la causa.
Art. 10º: Acto nulo.- El Abogado no puede patrocinar la invalidez de un acto jurídico en cuya
formación hayaintervenido.
Art. 11º: Reconocimiento de responsabilidad.- El Abogado debe reconocer espontáneamente
su responsabilidad en los casos que ella resulte comprometida por un error inexcusable, negligencia o dolo.
Art.12º: Defensa gratuita.- El Abogado tiene la obligación de atender gratuitamente a los
pobres, a solicitud de éstos siempre que el caso sea a su criterio defendible, o por...
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