Código de trabajo de panamá d-2

Páginas: 5 (1156 palabras) Publicado: 23 de agosto de 2012
TITULO II
LAS PARTES
Capítulo I
Representación Judicial
Artículo 579. Presentada la demanda de trabajo personalmente por el trabajador, el
Juez del conocimiento le designará un defensor de oficio.
No obstante lo anterior, en los procesos de única instancia, o en las localidades donde
no se hubiere designado un defensor de oficio, el trabajador podrá actuar por sí mismo
o delegar surepresentación en un miembro de la Junta Directiva del sindicato, al cual
se encuentra afiliado.
Artículo 580. Toda empresa que realice trabajos por más de tres meses consecutivos
en cualquier lugar de la República donde ocupe más de diez trabajadores, tendrá un
representante legal en dicho lugar. Este representará al empleador en cualquier
reclamación hecha por un trabajador ante Tribunal detrabajo.
Artículo 581. Las personas jurídicas comparecerán en proceso por medio de sus
representantes legales, o apoderados generales, especiales o convencionales, según
el caso.
El demandante no está obligado a presentar con la demanda prueba de la existencia
de la persona jurídica contra la cual va dirigida ni la calidad de sus representantes. Le
bastará con designarlos. En este caso, el Juezsolicitará de inmediato al Registro
Público certificación sobre la existencia de la sociedad y quien la representa, antes de
dar traslado de la demanda. El Registrador deberá atender la solicitud del Juez con
preferencia a cualquier otro asunto.
Artículo 582. El Estado, cuando tenga que comparecer en estos procesos, será
representado por el Ministro del Ramo o por la persona a quien éldesigne.
Los Municipios serán representados por el Alcalde del Distrito respectivo o por la
persona que él designe. Las entidades autónomas, semiautónomas o descentralizadas
serán representadas de conformidad con las leyes orgánicas respectivas o en su
defecto por el funcionario administrativo de mayor jerarquía o por la persona a quien
éste designe.
Artículo 583. Los poderes especiales para unproceso determinado sólo pueden
otorgarse de uno de los modos siguientes:
1. Por escritura pública.
2. Por medio de un memorial separado que el poderdante en persona entregará al
secretario del Tribunal que conoce o ha de conocer con una nota expresiva de
la fecha de presentación.
El memorial contendrá la designación del tribunal al cual se dirige, las
generales del poderdante, vecindad yseñas de la habitación u oficina del
apoderado y la determinación del proceso para el cual se otorga el poder.
Cuando no sea posible presentar el memorial a que alude el aparte anterior
ante el Juez del conocimiento, se hará ante otro Juez de Trabajo, o ante un
Juez Municipal, de Circuito, si se encuentra en una cabecera del Circuito o ante
el Notario del Circuito, o ante funcionario diplomático oconsular de Panamá, o
de una nación amiga si reside en el exterior, y a su pie pondrá el funcionario a
quien se le presenta, una nota en que se exprese que dicho memorial fue
presentado en persona por el poderdante.
3. Con iguales requisitos a los que se expresan en el numeral 2 podrá hacerse el
nombramiento de apoderado en el escrito de la demanda, en la contestación,

publicado eninternet por Legalinfo-Panama.com

Indice

en el escrito de interposición o de formalización de un recurso, o mediante acta
ante el tribunal del conocimiento.
La anotación de la fecha de presentación en el respectivo poder o su
incorporación el expediente, presume que se ha hecho mediante el
cumplimiento del requisito de la presentación personal.
Artículo 584. El Juez del conocimiento, siempreque se le presente un poder, lo
admitirá si está otorgado con los requisitos legales, u ordenará su corrección si le
faltare alguno, sin invalidar lo actuado.
Artículo 585. El apoderado puede sustituir el poder aunque en éste no se le haya
otorgado facultad especial para ello. Los curadores adlitem y los defensores de oficio
no tendrán facultad de sustitución, excepto cuando lo hagan en...
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