C108155

Páginas: 13 (3217 palabras) Publicado: 27 de agosto de 2015
A C U E R D O
En la ciudad de La Plata, a 21 de setiembre de 2011, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctores Soria, Pettigiani, de Lázzari, Hitters, se reúnen los señores jueces de la Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario para pronunciar sentencia definitiva en la causa C. 108.155,"Fernández, Luis Roberto contra Reyes Terrabusi, Carlos Aníbal y otra. Daños y perjuicios".
A N T E C E D E N T E S
La Sala III de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial de Mercedes confirmó la sentencia de primera instancia que había rechazado la acción deducida.
Se interpuso, por la actora, recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley.
Dictada la providencia deautos y encontrándose la causa en estado de pronunciar sentencia, la Suprema Corte resolvió plantear y votar la siguiente
C U E S T I Ó N
¿Es fundado el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley?
V O T A C I Ó N
A la cuestión planteada, el señor Juez doctor Soria dijo:
I. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que había rechazado la demanda entablada por el señor LuisRoberto Fernández contra Carlos Aníbal Reyes Terrabusi y High Door S.A. por los daños y perjuicios causados a raíz de la construcción de una torre de 36 metros de altura en el establecimiento de campo "La Picaza", que habría impedido la utilización del aeródromo privado explotado hasta entonces por el actor (v. fs. 700/717 vta.).
A fin de resolver la controversia, el tribunal a quo tuvo poracreditado que el codemandado Reyes Terrabusi adquirió el 17-VII-2002 una fracción de campo en la localidad de Open Door, lindero con el predio que había alquilado el actor unos meses antes y que tenía 508 metros de largo por 50 metros de ancho. Asimismo, consideró que el codemandado dio en comodato 9 hectáreas a la empresa High Door, que a través de la sociedad "Tallo Verde", se dedicaba a laproducción y comercialización de frutas, hierbas aromáticas y hortalizas.
Ponderó que por cuestiones operativas vinculadas con la zona adecuada para su localización, la necesidad de contar con servicio de Internet y con aspectos preventivos relacionados con la afectación de artefactos eléctricos como consecuencia de una tormenta, los profesionales contratados por la comodataria -arquitecto e ingeniera-recomendaron remover la antena antigua y instalar una nueva en la zona inundable y próxima al límite perimetral con el campo alquilado por el accionante.
Agregó que este último explotaba desde el 7-VIII-2002 un aeródromo privado para escuela y entrenamiento con naves ultralivianas, bajo el nombre de "Open Door/Aeromarine". Aseveró que la pista fue inhabilitada el 4-VI-2004 en las actuacionesiniciadas ante la Autoridad de Aplicación por el actor a raíz de la instalación de la nueva antena y la obstaculización de las aeronaves para el despegue y aterrizaje.
En esta plataforma fáctica, la Cámara recordó el contenido de los arts. 25, 26, 30, 31 y 32 del Código Aeronáutico. Luego de relatar la pretensión inicial del recurrente, el carácter privado del aeródromo y lo afirmado por la Autoridadde Aplicación (Fuerza Aérea Argentina, Comando de Regiones Aéreas) en cuanto a su incompetencia para intervenir en la controversia suscitada entre las partes, entendió que la cuestión controvertida consistía en determinar si los demandados ejercieron abusivamente su derecho de propiedad.
En ese contexto, ponderó que "... A la luz de los antecedentes fácticos relatados, no creo ver configuradoun comportamiento con connotaciones abusivas de los codemandados. Ni por parte del propietario del predio, ni por parte de la comodataria codemandada. En este sentido, en que High Door ejercitó regularmente el derecho de uso y goce de las 9 hectáreas de propiedad del codemandado Carlos Aníbal Reyes Terrabusi al decidir y finalmente materializar la instalación de la antena de aproximadamente 26...
Leer documento completo

Regístrate para leer el documento completo.

Conviértase en miembro formal de Buenas Tareas

INSCRÍBETE - ES GRATIS