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INFORME DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS, NACIONALIDAD Y CIUDADANÍA, recaído en el proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que concede por especial gracia, la nacionalidad chilena al sacerdote italiano Edelino Bertocco Gasparella.
BOLETÍN Nº 8.570-07
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HONORABLE SENADO:
Vuestra Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidady Ciudadanía tiene el honor de informaros el proyecto de ley de la referencia, en primer trámite constitucional, que concede, por especial gracia, la nacionalidad chilena al sacerdote italiano Edelino Bertocco Gasparella.
La presente iniciativa tuvo su origen en Moción del Honorable Senador señor Antonio Horvath Kiss.
Se dio cuenta del proyecto en análisis en la Sala del Honorable Senado,el 5 de septiembre de 2012, disponiéndose su estudio por la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía.
Cabe hacer presente que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 127 del Reglamento del Senado, la Comisión discutió en general y en particular esta iniciativa de ley, por tratarse de un artículo único y, acordó, unánimemente, proponer a la Sala que lo discuta del mismo modo.- - -
OBJETIVO DEL PROYECTO
El proyecto de ley persigue conceder, por especial gracia, la nacionalidad chilena al sacerdote italiano Edelino Bertocco Gasparella.
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ANTECEDENTES GENERALES
Para el debido estudio de esta iniciativa legal, se han tenido en consideración, entre otros, los siguientes:
I.- ANTECEDENTES JURÍDICOS
La nacionalidadchilena, por especial gracia, se encuentra consagrada constitucionalmente en el Capítulo II, de la Carta Fundamental, denominado “Nacionalidad y Ciudadanía”, cuyo artículo 10, número 4°, dispone que son chilenos: “4º Los que obtuvieren especial gracia de nacionalización por ley.”.
II.- ANTECEDENTES DE HECHO
2.1- Las pautas adoptadas por la Comisión para el otorgamiento de lanacionalidad, por especial gracia, que se mencionan a continuación:
a.- La nacionalidad por gracia constituye el más alto honor que se puede conferir a un extranjero en nuestro país, en consecuencia, sólo se deberá conceder a personas notables y destacadas, que exorbiten el término regular en el estado de actividad que les es propio.
b.- Para otorgar esta distinción especialísima deberáconsiderarse la existencia de una vinculación real del beneficiario con la comunidad nacional.
c.- Asimismo, será necesario que la actividad ejercida por el extranjero que se desea honrar se traduzca en un beneficio efectivo y relevante para el país, en el ámbito específico de que se trate y constituya un servicio destacado para la República.
d.- Las actividades del beneficiario deberán haberalcanzado relevancia nacional independientemente de que hayan tenido lugar en una zona determinada del territorio nacional o se hayan circunscrito a un sector específico de actividad. Resulta útil al efecto recoger el concepto procesal de hecho público y notorio, que es aquél que por evidente, patente, sabido y palmario, no es necesario acreditar.
e.- A los proyectos deberán acompañarseantecedentes escritos y documentos fundantes de la concesión de nacionalidad, pudiendo, por ejemplo, oficiarse al Servicio de Registro Civil e Identificación con el propósito de obtener las referencias que se estimen conducentes relativas a la individualización de la persona y su permanencia en nuestro país. Asimismo, puede estimarse como un antecedente valioso para apreciar el grado de reconocimientocomunitario, el haber obtenido otros galardones que premien la labor efectuada en el ámbito respectivo.
f.- Finalmente, debe quedar asentado que el constituyente dispone que este honor se confiera por ley y, en consecuencia, las calidades que justifiquen la dictación de la misma deberán ser expuestas y acreditadas por parte de quien inicie el proyecto de ley respectivo. De esta forma, se pretende...
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