CADUCIDAD DE LA INSTANCIA MERCANTIL

Páginas: 5 (1018 palabras) Publicado: 1 de mayo de 2014
EXPEDIENTE No. XXX/2012
JUICIO: EJECUTIVO MERCANTIL
XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXVS
XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX



C. JUEZ PRIMERO DEL RAMO CIVIL
P R E S E N T E . -


XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, EN MI CARÁCTER DE PARTE DEMANDADA y con la personalidad que tengo debidamente acreditada en los autos del expediente al rubro indicado, ante usted respetuosamente comparezco para exponer:


Por medio del presente escrito, estando en tiempo y forma correcta, vengoa pedir se ordene la CADUCIDAD DE LA INSTANCIA, lo anterior con fundamento en el artículo 1076 del Código de Comercio reformado, ya que de acuerdo al numeral antes expuesto en su inciso a) ya han trascurrido más de 120 días desde la última actuación realizada en este Juicio, la cual consta en el cuaderno principal del presente juicio; Así mismo no existe promoción de ninguna de las partes dandoimpulso al procedimiento para su tramite ni tampoco solicitando la continuación para la conclusión del mismo dentro de dicho lapso.


Y con fundamento en el artículo 94 constitucional, 192 y 193 de la ley de amparo, pido se aplique de manera obligatoria la siguiente jurisprudencia que dice lo siguiente:


CADUCIDAD DE LA INSTANCIA. SOLO ES SUSCEPTIBLE DE INTERRUPCION A TRAVES DE PROMOCIONESQUE TIENDAN A IMPULSAR EL PROCEDIMIENTO Y NO CON CUALQUIER ESCRITO. (LEGISLACION PROCESAL DEL DISTRITO FEDERAL).


Para que se interrumpa la caducidad será necesario un acto procesal de las partes que manifieste su deseo o su voluntad de continuar el procedimiento, acto que, cabe subrayar, deberá ser de aquellos que la doctrina califica de impulso procesal, esto es, que tienen el efecto dehacer progresar el juicio. Lo dicho se explica no sólo en función de lo que sanciona la ley, o sea, la inactividad procesal de las partes, que de suyo revela el desinterés en que se continúe con el asunto y que se llegue a dictar sentencia, a modo tal que si las partes o alguna de ellas tiene interés en que no opere la caducidad, necesariamente habrá de asumir la conducta procesal correspondiente, asaber: impulsar el juicio mediante la promoción respectiva. También se advierte que la naturaleza de esta última, como puede verse de la exposición de motivos del legislador deberá ser tal que tenga el efecto de conducir o encauzar el juicio hasta llegar a su fin natural. En efecto, la modalidad de la reforma entonces planteada fue también en el sentido de impedir la interrupción del término dela caducidad con promociones frívolas o improcedentes, sino sólo con aquellas que revelaran o expresaran el deseo o voluntad de las partes de mantener viva la instancia, esto es, que tuvieran como consecuencia activar el procedimiento y excitar al órgano jurisdiccional a continuar hasta dictar sentencia. Además, debe tenerse en cuenta que el impulso del proceso por los litigantes no es un deber; essencillamente una carga en el sentido técnico procesal del vocablo, carga que pesa sobre los contendientes. Sobre el particular, los procesalistas distinguen poder, deber y carga. Por el primero se crean situaciones jurídicas; por el deber se establece la necesidad insoslayable de seguir determinada conducta para satisfacer un interés ajeno a un con sacrificio del propio. Se tiene una carga...
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