Caducidad

Páginas: 59 (14700 palabras) Publicado: 19 de febrero de 2013
CLASE DE DOCUMENTO|SENTENCIA||NÚMERO|1994-09552||FECHA DE EXPEDICIÓN|25 Mayo 2011||TEMAS ESPECÍFICOS|CONTROVERSIAS CONTRACTUALES; CONTRATO DE OBRA PÚBLICA; RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA; DERECHO AL DEBIDO PROCESO||ENTIDAD DE ORIGEN|CONSEJO DE ESTADO||TÍTULO|SENTENCIA 1994-09552 DE MAYO 25 DE 2011||SALA|CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO||SECCIÓN|TERCERA||PONENTE|CORREA PALACIO, RUTHSTELLA||CONTENIDO|CADUCIDAD DEL CONTRATO ADMINISTRATIVO. ES LA SANCIÓN MÁS DRÁSTICA QUE LA ENTIDAD PÚBLICA CONTRATANTE LE PUEDE IMPONER A SU CONTRATISTA, PUESTO QUE NO SÓLO ENTRAÑA EL ANIQUILAMIENTO DEL CONTRATO PARA LOGRAR LOS FINES PERSEGUIDOS EN EL MISMO, EN CONDICIONES QUE GARANTICEN LA ADECUADA Y CONTINUA PRESTACIÓN DEL SERVICIO, SINO QUE COMPORTA PARA ÉL LA INHABILIDAD PARA CELEBRAR CONTRATOS CON ENTIDADESPÚBLICAS DURANTE EL TÉRMINO FIJADO EN LA LEY Y QUE TIENE UNA CONNOTACIÓN RESARCITORIA, AL IMPLICAR EL COBRO DE LA CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA CUANDO ELLA SE HUBIERE PACTADO. ASÍ, PARA EVITAR LA VULNERACIÓN AL DEBIDO PROCESO, LA ADMINISTRACIÓN CON ANTELACIÓN A LA DECLARATORIA DE CADUCIDAD DE UN CONTRATO DEBE ADELANTAR UN PROCEDIMIENTO EN EL QUE SE LE PERMITA A LA PARTE AFECTADA EJERCER SU DERECHO DEDEFENSA, QUE COMO MÍNIMO CONSISTE EN REQUERIR AL CONTRATISTA PARA QUE CUMPLA EL CONTRATO Y EXPLIQUE LAS RAZONES DE SU INCUMPLIMIENTO.||NÚMERO DE PÁGINAS|69||

Sentencia 1994-09552 de mayo 25 de 2011
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN TERCERA (SUBSECCIÓN B)
Rad.: 13001-23-31-000-1994-09552-01 (18.553)
Consejera Ponente:
Dra. Ruth Stella Correa Palacio
Actor:Guillermo Salcedo Bustillo
Demandado: municipio de San Juan de Nepomuceno
Asunto: Acción de controversias contractuales
Bogotá, D.C., veinticinco de mayo de dos mil once.
EXTRACTOS: «II. Consideraciones de la Sala
La Sala confirmará la sentencia del a quo, para lo cual abordará el análisis de los siguientes aspectos: 1) la competencia, 2) el objeto de la acción y el motivo de la apelación; 3)lo demostrado en el proceso; 4) el régimen jurídico del contrato de obra pública 4 de 1992; 5) la liquidación bilateral del contrato originada de la caducidad del contrato no cierra la vía para demandar el acto que la declara; 6) la facultad excepcional de declarar la caducidad administrativa del contrato estatal; 7) la validez de los actos que declaran la caducidad demandados.
1. Competencia.
LaSala destaca que es competente para conocer de la apelación dentro de este proceso suscitado mediante la interposición de la acción de controversias contractuales, idónea de acuerdo con la legislación vigente al momento de interponer la demanda y ejercida en término legal(1), competencia que tiene su fuente en lo dispuesto por el artículo 129 del Código Contencioso Administrativo y el artículo 13del reglamento del Consejo de Estado, contenido en el Acuerdo 58 de 1999 (modificado por el Ac. 55/2003, art. 1º), en el que se distribuyen los negocios por secciones.
Adicionalmente, precisa la Sala que le corresponde resolver el recurso de apelación en consideración a que la providencia apelada fue proferida en proceso de doble instancia, toda vez que la pretensión mayor (lucro cesante por lautilidad que indica el demandante dejó de percibir a fl. 8, cdno. ppal.) asciende a la suma de $ 27.149.779, y la mayor cuantía para la fecha de presentación de la demanda —21 de enero de 1994— era de $ 9.610.000, lo cual comportaba que el proceso se tramitara en primera instancia ante los tribunales administrativos y en segunda instancia ante el Consejo de Estado, circunstancia que no habíavariado para la fecha de presentación del recurso de apelación el 8 de mayo de 2000, época para la cual la mayor cuantía era de $ 26.390.000.
2. El objeto de la acción y el motivo de la apelación.
Se persigue la nulidad de los actos administrativos por medio de los cuales el municipio de San Juan de Nepomuceno declaró la caducidad del contrato de obras públicas 4 de 1992, dado que el actor estima...
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