Calculo del anticipo de impuesto a la renta ecuador
CIRCULAR No. 01 - 2010
ANTICIPO DE IMPUESTO A LA RENTA
Enero 6, 2010
Estimados clientes:
Mediante Ley Reformatoria a la Ley de Régimen TributarioInterno publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 94 de 23 de diciembre del 2009, con vigencia desde el 1 de enero del 2010, se efectuó, entre otros, el siguiente cambio a la Ley de RégimenTributario:
Las personas naturales no obligadas a llevar contabilidad continuarán calculando el anticipo de impuesto a la renta como antes. El anticipo será, entonces, una suma equivalente al 50% delimpuesto a la renta determinado en el ejercicio anterior menos las retenciones en la fuente de impuesto a la renta que les hayan sido practicadas. Si el anticipo es mayor que el impuesto a la renta,podrán pedir su devolución en la parte que exceda a dicho impuesto.
Las sociedades y las personas naturales obligadas a llevar contabilidad dejarán de calcular el anticipo de la forma arribaseñalada (como ha sido hasta hoy) y solamente efectuarán el cálculo en base a su patrimonio, gastos, activos e ingresos, usando los porcentajes abajo señalados. Para ellos no habrá devolución del anticipo.Está previsto únicamente la devolución de las retenciones en la fuente en la parte que sobrepase el impuesto a la renta.
Las normas referentes a este tema son las siguientes:
Art. 13.- En elArt. 41 introdúzcanse las siguientes reformas:
1.- Sustitúyase el literal b del numeral 2, por el siguiente:
“b) Las personas naturales y las sucesiones indivisas obligadas a llevar contabilidady las sociedades:
Un valor equivalente a la suma matemática de los siguientes rubros:
- El cero punto dos por ciento (0.2%) del patrimonio total.
- El cero punto dos por ciento (0.2%) deltotal de costos y gastos deducibles a efecto del impuesto a la renta.
- El cero punto cuatro por ciento (0.4%) del activo total.
- El cero punto cuatro por ciento (0.4%) del total de ingresos...
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