Calculo haber jubilatorio argentina
Publicado por Aldana Mingorance - 31/03/2011 a las 00:54:59
[pic][pic]
Para el cálculo del haber jubilatorio inicial, la Corte Suprema de Justicia ratificó que todos losconceptos salariales deben ser tenidos en cuenta y que deben aportar a la seguridad social, es decir, todos los montos remunerativos deben aportar a la seguridad social.
La Corte reiteró que todos lossalarios se deben tomar para el cálculo jubilatorio. Así se expidió en una causa, determinando en el caso de una ex empleada de ANSES que cobraba parte de su sueldo como “remuneración sin aportes”.Por tal motivo, el Tribunal hizo mérito de lo previsto en la Ley Nº 18.037 en los arts. Nº 10 y Nº 49, aplicables para el caso, constatando que en la causa no estaba en discusión el carácter salarialde las sumas abonadas a la recurrente, dado que habían sido certificadas por la ANSES como remunerativas y su inclusión en el haber inicial no había sido objetada por el organismo al contestar lademanda.
Se dispuso que dichas retribuciones debían ser computadas en el primer haber del beneficio, sin perjuicio de los descuentos y contribuciones que debieran realizarse con destino a la SeguridadSocial.
El Centro de Información Judicial explicó que fueron ordenadas que de las sumas calificadas en forma pacífica por ambas partes como “remunerativas”, se devengaran los correspondientesaportes y contribuciones.
Ahora bien, la Seguridad Social, dentro de su carácter universal, tiene dos tipos de pensiones de jubilación:
Pensión contributiva, que es aquella a la que tienen derecho lostrabajadores que han cotizado en cualquier régimen durante más de quince años en su vida laboral y dos años cotizados se encuentran dentro de los últimos quince.
Pensión no contributiva, para todoslos casos que no han alcanzado los 15 años cotizados en su vida laboral. Estas pensiones abarcan los casos de invalidez y jubilación y los requisitos y cuantías están transferidos a las respectivas...
Regístrate para leer el documento completo.