Calculo
Señores:
CONARE
cepare@migraciones.gov.ar
Ministerio del Interior de la República Argentina
Hipólito Yrigoyen 952, Piso 1º,Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Argentina.-
Con las consideraciones del caso.
Les remitimos la presente preocupados por la situación de don Víctor Raúl Paiba Cossíos,ciudadano peruano, residente en Chile, con estatus de refugiado.
Como es de vuestro conocimiento el catedrático Víctor Paiba se encuentra detenido en Mendoza a raíz de lapersecución en su contra por parte del estado peruano, persecución política en represalia porque Víctor Paiba fue dirigente sindical en Perú y activista en la defensa de losderechos del pueblo peruano y en contra de los crímenes de lesa humanidad cometidos por los gobiernos del Perú, en particular él fue uno de los que se querelló en Chile contra AlanGarcía por el genocidio en los penales de 1986. Dicha actividad la ha continuado en Chile, particularmente en la defensa y promoción de los derechos de inmigrantes yrefugiados. Tal conducta determinó su exilio en Chile y su reconocimiento como refugiado.
La justicia Chilena desestimó, por infundada, la pretensión del Perú que sea extraditado,igual rechazo a la extradición ocurrió en Argentina, donde esta propia Comisión se pronunció en respeto al principio de no devolución y permitió que retornara en Chile.
Enatención a lo anterior, a los méritos y virtudes de Víctor Paiba, su estatus de refugiado, el principio de no devolución y el mérito del non bis in idem, es que requerimos aesta Comisión pronunciarse nuevamente en el caso de Víctor Raúl Paiba Cossíos a efectos de que en el plazo más perentorio posible pueda retornar a Chile.
Atentamente,
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