Calendario Escolar Cantabria
de
CANTABRIA
BOLETÍN
OFICIAL
DE
CANTABRIA
MARTES, 29 DE MAYO DE 2012 - BOC NÚM. 103
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE
CVE-2012-7087
Orden ECD/43/2012, de 17 de mayo, por la que se establece el calendario escolar del curso 2012/13 para los centros docentes no universitarios.
Ante la necesidad de establecer el calendario escolar para planificar yorganizar las actividades escolares durante el curso 2012/13 es imprescindible fijar unas normas básicas para que
todos los miembros de la Comunidad Educativa puedan cumplir con suficiencia los objetivos
del curso escolar.
El presente calendario escolar para el curso 2012/2013 incluye el número mínimo de días
lectivos previsto en la legislación vigente y comprenderá un mínimo de 175 días lectivos paralas enseñanzas obligatorias.
La elaboración del presente calendario escolar se ha llevado a cabo oída la Mesa Sectorial
del Personal Docente.
Para ello, y en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley 6/2002, de 10 de diciembre,
de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria
DISPONGO
Artículo 1.- OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN.
1. Lapresente Orden tiene por objeto establecer el calendario escolar del curso 2012/2013
para los Centros docentes no universitarios.
2. Esta Orden será de aplicación en todos los Centros Docentes públicos y privados de niveles no universitarios de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Artículo 2.- Calendario de curso .
1. Los Centros comenzarán sus actividades el 1 de septiembre de 2012 y finalizaránel
30 de junio de 2013 para Educación Infantil y Primaria. En Educación Secundaria finalizarán
cuando cada Centro concluya sus tareas, y en ningún caso antes del 30 de junio de 2013.
2 Las actividades lectivas en los Centros de Educación Infantil, Educación Primaria, (incluidos en su caso, los que impartan el 1º ciclo de la Educación Secundaria Obligatoria), Educación
Especial y EducaciónSecundaria, Bachillerato, Formación Profesional y Educación Permanente
de Adultos se desarrollarán desde el 13 de septiembre de 2012 hasta el 30 de junio de 2013
ambos inclusive.
Artículo 3.- DÍAS LECTIVOS Y HORARIOS.
La distribución del horario en estos niveles será de 5 horas diarias en jornada partida de 3
horas por la mañana y 2 por la tarde disponiendo de un intervalo mínimo de dos libresentre
ambas sesiones.
2. En el nivel educativo de Educación Secundaria Obligatoria, el número de días de docencia
será de 175 y un total de 1050 períodos lectivos, que se impartirán con carácter general en
jornadas de 6 horas lectivas. Se considerarán como días lectivos las jornadas de presentación
del nuevo curso y los 3 últimos días del curso dedicados a reclamación y revisión de exámenesi
Pág. 15104
boc.cantabria.es
CVE-2012-7087
1. En los niveles educativos de Educación Especial, Infantil y Primaria, el número de días de
docencia será de 175 días y un total de 875 períodos lectivos.
1/4
GOBIERNO
de
CANTABRIA
BOLETÍN
OFICIAL
DE
CANTABRIA
MARTES, 29 DE MAYO DE 2012 - BOC NÚM. 103
3. Sólo será posible alterar este horario mediante peticiónrazonada del Consejo Escolar
ante la Dirección General de Personal y Centros Docentes que la autorizará en su caso. Permanecerán vigentes las autorizaciones existentes en el curso 2011/2012.
Los Centros a los que se autorice la jornada continuada tendrán el horario que figure en
correspondiente autorización.
4. En los niveles de Educación Secundaria Post-obligatoria, el periodo lectivo de docenciaserá también de 175 días lectivos. En todo caso, los días destinados a la impartición de clases
serán como mínimo 159 no pudiendo suspenderse las clases por razones de exámenes de
asignaturas pendientes, evaluación, claustros y cualquier otra actividad no relacionada directamente con la impartición de la clase en el aula.
El calendario de los Ciclos Formativos se ajustará a la duración en...
Regístrate para leer el documento completo.