Camara de riesgo central de contraparte
“Las cámaras riesgo central de contraparte tendrán por objeto exclusivo la prestación del servicio de compensación como contraparte central de operaciones, con elpropósito de reducir o eliminar los riesgos de incumplimiento de las obligaciones derivadas de las mismas.”
Artículo 15. Ley 964 de 2005
La CRCC S.A presta sus servicios de Compensación yLiquidación como contraparte en operaciones sobre contratos Derivados, interponiéndose como vendedor de todo comprador y comprador de todo vendedor.
De esta forma, cuando una negociación esaceptada por la CRCC S.A, ésta se convierte en la contraparte legal de la negociación, asumiendo el cumplimiento financiero si alguna de las partes falla en su obligación.
1. Este es un decretoreglamentario ya que es expedido por el gobierno nacional con base en las facultades conferidas al presidente en el numeral 11 del artículo 189 de la constitución política, para que las leyes se cumplan.2. Leyes necesarias para la funcionalidad de la CRCC: Se ampara en las disposiciones de la Ley 964 de 2005 “Ley del Mercado de Valores” y en los Decretos 1456 y 2893 de 2007 y 1796 y 1797 de 2008. Esuna entidad bajo la inspección y vigilancia de la Superintendencia Financiera de Colombia, cuyo certificado de autorización para desarrollar las actividades señaladas en el artículo 15 de la Ley 964de 2005 y en el Decreto 2893 de 2007 le fue otorgado el 12 de junio de 2008 mediante la Resolución 0923 de 2008.
a)
Constituirse como acreedoras y deudoras recíprocas de los derechos yobligaciones que deriven de operaciones que hubieren sido previamente aceptadas para su compensación y liquidación.
b)
Administrar sistemas de compensación y liquidación de operaciones;
Exigir, recibiry administrar las garantías otorgadas para el adecuado funcionamiento de la Cámara de Riesgo Central de Contraparte;
c)
d)
Exigir a las personas que vayan a actuar como sus contrapartes,...
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