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Resolución Miscelánea Fiscal 2014
El pasado 30 de diciembre de 2013, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) que estará vigente para 2014. De lo publicado, podemos destacar los siguientes aspectos novedosos:
Código Fiscal de la Federacion (CFF)
Facilidad para que personas físicas emitan Comprobantes FiscalesDigitales por Internet (CDFI)
Se incorpora a la RMF la facilidad para que las personas físicas emitan CFDI utilizando el certificado de la Firma Electrónica Avanzada (Fiel) obtenido conforme a lo previsto en el CFF en sustitución del certificado de sello digital.
Cambio domicilio fiscal por internet
Los contribuyentes que cuenten con Fiel podrán realizar la precaptura de datos del aviso decambio de domicilio fiscal, a través de la opción “Mi Portal” en la página de internet del Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Aquellos contribuyentes que cuenten con un buen historial de cumplimiento de sus obligaciones fiscales, el portal del SAT les habilitará de manera automática la posibilidad de concluir el trámite por internet sin presentar comprobante de domicilio; por su parte,los contribuyente que carezcan de este requisito, deberán concluir dicho trámite en las oficinas del SAT cumpliendo con todos los requisitos.
Aviso de incorporación al Régimen de Integración Fiscal (RFI)
Los contribuyentes que tributaban solo en el régimen de pequeños contribuyentes, están relevados de cumplir con la obligación de presentar aviso de actualización de actividades económicasy obligaciones fiscales para ubicarse en el RIF, siendo la autoridad la encargada de realizarlo con base en la información existente en el padrón de contribuyentes. De la misma forma, los contribuyentes obligados al pago del Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU), así como del Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE) están relevados de cumplir con la obligación de presentar el aviso dedisminución de obligaciones fiscales, siendo la autoridad la encargada de realizarlo de acuerdo con la información existente en el padrón de contribuyentes al 31 de diciembre de 2013.
Comprobantes de pagos en parcialidades
Se eliminan las reglas referentes al requisito de folio en comprobantes de pago en parcialidades y a la opción para no expedir comprobantes fiscales por las parcialidades.
Concepto de tarjeta de servicio
Se entiende como tarjetas de servicio aquellas emitidas por empresas comerciales no bancarias, en términos de las disposiciones que al efecto expida el Banco de México.
Pago de erogaciones por cuenta de terceros
Los contribuyentes que paguen por cuenta de terceros las contraprestaciones por los bienes o los servicios proporcionados a dichos terceros yposteriormente recuperen las erogaciones realizadas, deberán proceder de la siguiente manera:
Los CFDI deberán cumplir requisitos fiscales, así como con la clave en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) del tercero por quien efectuó la erogación
Los terceros, en su caso, tendrán derecho al acreditamiento del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y el contribuyente que realice el pago porcuenta del tercero, no podrá acreditar cantidad alguna del IVA que los proveedores de bienes y prestadores de servicios trasladen
El reintegro a las erogaciones realizadas por cuenta de terceros, deberá hacerse con cheque nominativo en favor del contribuyente que realizó el pago por cuenta del tercero o mediante traspasos a sus cuentas por instituciones de crédito o casas de bolsa
Expedición deCFDI por comisionistas
Los contribuyentes que actúen como comisionistas, podrán expedir CFDI a nombre y por cuenta de los comitentes con los que tengan celebrado el contrato de comisión correspondiente, respecto de las operaciones que realicen en calidad de comisionistas, siempre y cuando se cumplan los requisitos del CFF y otros que establecen la regla miscelánea.
De los proveedores de...
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