CANON Y SOBRECANON
LEY DE CANON Nº 27506
El canon es la participación efectiva y adecuada de la que gozan
los gobiernos regionales y locales del total de los ingresos y
rentas obtenidos por elEstado por la explotación económica de
los recursos naturales.
DISTRIBUCIÓN DEL CANON
a) El 10% del total recaudado para los gobiernos locales
de la municipalidad o municipalidades distritales dondese encuentra localizado el recurso natural.
b) El 25% del total recaudado para los gobiernos locales
de la provincia o provincias donde se encuentra
localizado el recurso natural, excluyendo aldistrito o
distritos productores.
c) El 40% del total recaudado para los gobiernos locales
del departamento o departamentos de las regiones,
excluyendo a la provincia o provincias donde se
encuentra elrecurso natural.
d) El 25%
del total recaudado para los gobiernos
UTILIZACIÓN DEL CANON
a) Los recursos que los concejos municipales y
gobiernos regionales reciban por concepto de canon se
utilizarán demanera exclusiva en gastos de inversión.
b) Los recursos que los gobiernos regionales y
gobiernos locales reciban por concepto de canon serán
utilizados exclusivamente para el financiamiento ocofinanciamiento
de proyectos u obras de
infraestructura de impacto regional y local.
DE LOS DEREC HOS Y LAS O BLIGACIO NES D E LOS ADMINISTRAD ORES DE LOS RECUR SOS
DE LOS DEREC HOS Y LAS OBLIGACIONES DELOS ADMINIS TRADORES DE LOS RECURSOS
Las autoridades de los gobiernos locales provinciales y
distritales, bajo responsabilidad, transferirán recursos para
inversión a los centros poblados de sucircunscripción.
Rendir cuentas periódicamente sobre el destino de los
recursos del canon
Crear los indicadores y mecanismos adecuados para el
monitoreo y evaluación de impactos y costo/beneficio dela
inversión del canon.
LOS CANON EXISTENTES SON:
El Canon Minero, es la participación de la que
gozan los Gobiernos Locales y Regionales sobre los
ingresos y rentas obtenidos por el...
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