CAPITULO CUATRO
DE LA SOCIEDAD
CONYUGAL
ARTÍCULO 180. La sociedad conyugal se regirá por las
capitulaciones matrimoniales y, en lo que éstas no prevean,
por las disposiciones relativas al contratode sociedad civil.
(Artículo Reformado. P.O. 29 de enero de 1982)
ARTÍCULO 181. Las capitulaciones matrimoniales en que se
constituya la sociedad conyugal, constarán en escritura
pública cuando losesposos pacten hacerse copartícipes de
bienes que ya les pertenezcan y que requieran tal requisito
para que su traslación sea válida.
ARTÍCULO 182. En este caso, la modificación que se haga de lascapitulaciones deberá también otorgarse en escritura pública
haciendo la respectiva anotación en el Protocolo en que se otorgaron
las primitivas capitulaciones y en la inscripción del Registro Público
dela Propiedad. Sin llenar estos requisitos, las alteraciones no
producirán efectos contra tercero.
ARTÍCULO 183. La sociedad conyugal puede terminar o suspenderse
antes de que se disuelva el matrimoniosi así lo convienen los
esposos, pero si éstos o alguno de ellos son menores de edad, el
convenio relativo no podrá celebrarse sin autorización judicial.
ARTÍCULO 184. La sociedad conyugal terminapor la disolución del
matrimonio, por voluntad de los consortes, por la sentencia que
declare la presunción de muerte del cónyuge ausente y en los casos
previstos por el artículo siguiente.
ARTÍCULO
185. Puede terminar la sociedad conyugal durante el matrimonio a
petición de alguno de los cónyuges, por los siguientes motivos:
I.
Si el socio administrador por su notoria negligencia o torpeadministración,
amenaza arruinar a su cónyuge o disminuir considerablemente los bienes
comunes;
II.
Cuando el socio administrador hace cesión de todos sus bienes a sus
acreedores o es declarado enquiebra.
Al
iniciarse el procedimiento de terminación de la sociedad conyugal cesarán
interinamente los efectos de ésta, sin perjuicio de los actos y obligaciones
anteriores, estableciéndose un...
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