CAPITULO VI LESIONES

Páginas: 5 (1179 palabras) Publicado: 6 de octubre de 2014
ARTICULO 137.- Tipo.- Comete el delito de lesiones el que causa a otro un daño en la
salud.
ARTICULO 138.- Punibilidad de las lesiones simples en razón del tiempo de su
curación.- Al que cause a otro un daño en su salud personal, que no ponga en peligro la vida, y
tarde en sanar hasta quince días, y no se encuentre en alguna de las hipótesis de los artículos
siguientes, se le impondrá detres días a un año de prisión y hasta cuarenta días multa o trabajo en
favor de la comunidad de diez a treinta días según proceda a juicio del Juzgador.
Reforma
Si tarda en sanar más de quince días se le impondrá prisión de un año a dos años y de
cuarenta a cien días multa.
ARTICULO 139.- Punibilidad de las lesiones simples en razón del resultado.- Las
lesiones que no pongan en peligro lavida, cualquiera que sea su tiempo de curación, serán
penadas:
I.- De dos a cinco años de prisión y hasta cien días multa, si dejan cicatriz en la cara
notable y permanente;
II.- De tres a cinco años de prisión y hasta cien días multa, cuando disminuyan facultades
o el normal funcionamiento de órganos o miembros o cuando produzcan incapacidad temporal de
hasta un año para trabajar; oIII.- De tres a ocho años de prisión y hasta doscientos días multa si producen la pérdida
definitiva de cualquier función orgánica, miembro órgano o facultad, o causen una enfermedad
segura o probablemente incurable o deformidad incorregible, o incapacidad por más de un año o
permanente para trabajar.
Si se produjeren varios de los resultados previstos en este artículo solamente se aplicarála pena correspondiente al de mayor gravedad.
ARTICULO 140.- Lesiones que ponen en peligro la vida.- Al que infiera lesiones que
pongan en peligro la vida se le impondrán de tres a seis años de prisión y hasta ciento cincuenta
días multa, sin perjuicio de las sanciones que le correspondan conforme al artículo anterior.
ARTICULO 141.- Lesiones en riña.- Si las lesiones fueren inferidas enriña, se
disminuirán hasta la mitad o hasta la tercera parte de las penas previstas en los tres artículos
anteriores, según se trate de provocador o del provocado, respectivamente .Congreso del Estado de B. C. Código Penal para el Estado de Baja California
Página 41
ARTICULO 142.- Lesiones agravadas por razón del parentesco.- Al que dolosamente
lesione a su ascendiente o descendienteconsanguíneo en línea recta, a su hermano, cónyuge,
concubino, concubina, adoptante o adoptado, con conocimiento de ese parentesco o relación, se
le impondrá hasta una mitad más de la pena que corresponda a la lesión inferida.
Reforma
ARTICULO 143.- Lesiones calificadas.- Cuando las lesiones sean calificadas, en
términos del artículo 147, la pena correspondiente a las lesiones simples se aumentará endos
terceras partes.
ARTICULO 143 BIS.- Lesiones contra menores o incapaces o adultos mayores.- Al que
dolosamente lesione a una persona menor de edad, incapaz y/o inimputable sujeto a su tutela,
custodia, guarda-protección, educación, cuidado o instrucción, se le impondrá una pena de seis
meses a dos años de prisión, si las lesiones inferidas son de las que no ponen en peligro la vida,cualquiera que sea el tiempo de su curación. Reforma
Si las lesiones a que se refiere el párrafo anterior son inferidas a una persona menor de
doce años o de sesenta años o más edad, se impondrá una pena de dos a cinco años de prisión y
hasta ciento cincuenta días multa. Si las lesiones inferidas son de las señaladas en el artículo 139,
o de las que ponen en peligro la vida, la penacorrespondiente a la lesión inferida aumentará en
dos terceras partes, y se privará al agente del derecho de ejercer la patria potestad, la tutela,
custodia, guarda-protección, educación, cuidado o instrucción de menores, adultos mayores e
incapaces y/o inimputables.
Si las lesiones a que se refiere el párrafo anterior son inferidas a personas menores de
doce años de edad, se impondrá una...
Leer documento completo

Regístrate para leer el documento completo.

Estos documentos también te pueden resultar útiles

  • CAPITULO VI
  • CAPITULO VI
  • CAPITULO VI
  • CAPITULO VI
  • CAPITULO VI
  • CAPITULO VI
  • CAPITULO VI
  • CAPITULO VI

Conviértase en miembro formal de Buenas Tareas

INSCRÍBETE - ES GRATIS