Capitulo VII normas protectoras y privilegios del trabajo
FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICO ADMINISTRATIVAS
LICENCIATURA EN ADMINISTRACIÓN
CAPITULO VIINormas protectoras y privilegios del salario
Recursos Humanos
Docente: Lic. Flavio Lima Ipatzi
Presenta:Cristina Jiménez Muñoz
4° “B”
Tlaxcala, Tlax., a 26 de marzo de 2015
CAPITULO VIINormas protectoras y privilegios del salario
En la LEY FEDERAL DEL TRABAJO, se estipulan los artículos que hablan de las normas que protegen a los trabajadores y losprivilegios del goce del salario.
De acuerdo a la Ley Federal de Trabajo en sus artículos 98 y 99, se especifica que los trabajadores podrán disponer libremente de su salario, así como también elderecho de percibir los salarios devengados. Cabe mencionar que en su artículo 100 de la LFT estipula que el salario se deberá pagar directamente al trabajador. En caso de que el trabajador no se encuentreen posibilidades de realizar el cobro personalmente, el pago se hará a la persona que designe el trabajador como apoderado mediante una carta poder.
Esta ley establece en su artículo 101, que elsalario deberá pagarse en moneda de curso legal, no permitiendo que sea por medio de mercancía, vales, fichas, entre otros con que se pretenda sustituir la moneda. Solo con la autorización del trabajador,el pago podrá realizarse por medio de depósitos en cuentas bancarias, tarjetas de crédito, o cualquier otro medio electrónico.
Los almacenes y tiendas en que se expenda ropa, comestibles y artículospara el hogar, podrán crearse por convenio entre los trabajadores y los patrones, de una o varias empresas, siempre y cuando los precios de venta de los productos no sean superiores a los oficiales,...
Regístrate para leer el documento completo.