Capitulo V: De La Evaluacion, Vigilancia Y Control Artículo 20.- Evaluacion Anual De La Politica Ambiental. Remision. La Evaluación Técnica Del Ambiente, Y De Los Recursos Naturales Corresponde A La Autoridad Competente.

Páginas: 22 (5460 palabras) Publicado: 30 de diciembre de 2012
CAPITULO V: DE LA EVALUACION, VIGILANCIA Y CONTROL
Artículo 20.- EVALUACION ANUAL DE LA POLITICA AMBIENTAL. REMISION.
La evaluación técnica del ambiente, y de los recursos naturales corresponde a la autoridad competente. Esta debe preparar un informe anual que recoja la evaluación técnica, la misma que constará de un diagnóstico de la calidad del ambiente y la evaluación de las medidas quefueron tomadas a fin de cumplir con los principios de política ambiental y los preceptos contenidos en este código. Dicho informe será remitido en la primera semana del segundo semestre del año al Presidente de la República, al Congreso y obligatoriamente publicado en el diario oficial.
Artículo 21.- VALORIZACION DEL PATRIMONIO NATURAL DE LA NACION. INCLUSION EN EL MENSAJE PRESIDENCIAL.
ElEstado valoriza en términos económicos, sociales y ecológicos el patrimonio natural de la nación e informa de los incrementos y detrimentos que lo afecten. El Presidente de la República debe incluir obligatoriamente dentro de su mensaje anual a la nación, dicha información.
Artículo 22.- FACULTAD DE INSPECCIONAR CON LA INTERVENCIÓN DE LA FUERZA PÚBLICA.
La autoridad ambiental está investida dela facultad de inspeccionar los locales, establecimientos, o cualquier otro tipo de área, donde se lleva a cabo actividades que generen riesgo ambiental, así como exigir la información que le permita verificar el cumplimiento de las disposiciones legales.
La autoridad ambiental podrá solicitar la intervención de la fuerza pública para el cumplimiento de las medidas y sanciones que disponga.Artículo 23.- OBJETO DEL CONTROL.
El control tiene por objeto hacer una evaluación y proyección de las actividades que generen riesgos de daño ambiental. El Estado proveerá a la autoridad ambiental los recursos necesarios para realizar control en aquellas actividades que presentan un potencial de riesgo contra el medio ambiente.
Artículo 24.- FINANCIAMIENTO DE LA VIGILANCIA Y CONTROL.
Lavigilancia y control de las actividades que generen riesgo contra el ambiente serán financiados con los recursos que provea el Estado para tal fin y con los que recaude por aplicación de sanciones la autoridad competente al amparo de esta ley, a las personas naturales sometidos a dicha vigilancia y control.
CAPITULO VI: DE LA CIENCIA Y TECNOLOGIA
Artículo 25.- FINALIDAD DE LAS INVESTIGACIONESCIENTIFICAS.
Las investigaciones científicas están orientadas en forma prioritaria a la realización y actualización de los inventarios de recursos naturales y a la identificación de indicadores de calidad ambiental, así como a establecer criterios para el manejo eficiente de esos recursos.
Artículo 26.- FOMENTO DE LA INVESTIGACION CIENTIFICA Y TECNOLOGICA.
Corresponde a los poderes delEstado, en cumplimiento de su obligación constitucional, promover y fomentar la investigación científica y tecnológica que permita cuantificar, prevenir, controlar y revertir el deterioro ambiental, aportando alternativas de solución a los problemas vinculados a la protección del medio ambiente con tecnologías adecuadas. Igualmente, el Estado debe promover y fomentar la investigación científica ytecnológica que permita desarrollar nuevos sistemas, métodos, equipos y dispositivos a fin de proteger el ambiente y conservar los recursos naturales.
Artículo 27.- FORMACION DE PROFESIONALES Y TÉCNICOS.
Los organismos competentes de ciencia y tecnología, están obligados a dar preferencia a la aplicación de recursos orientados a la formación de profesionales y técnicos para la realización deestudios científicos y tecnológicos en materia ambiental y el desarrollo de tecnologías apropiadas que permitan un adecuado control y conservación del ambiente.
Artículo 28.- OBLIGACION DE EMPRESAS PARA INCORPORAR ADELANTOS CIENTIFICOS Y TECNOLOGICOS.
Las empresas públicas o privadas y en general toda persona que por el desarrollo de su actividad cause o pueda causar deterioro al medio ambiente,...
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