CAPITULO V

Páginas: 12 (2838 palabras) Publicado: 23 de noviembre de 2015
CAPITULO V
DE LA REMUNERACIÓN
Art. 71.- Concepto.- Por remuneración ha de entenderse todo lo que el trabajador o trabajadora recibe, en dinero, especies o servicios, como vivienda, alimentación, etc., por su trabajo en jornadas ordinaria, extraordinaria y suplementaria en los contratos a sueldo o jornal, participación o comisiones en los contratos en participación o mixtos y a comisión, asícomo el pago de los aportes personales al IESS cuando los asuma el empleador o empresario, y cualquiera otra retribución que se pague de manera normal o sea periódica, sea mensual, anual u otro período, regular o sea siempre que se pague vencido el plazo o cumplida la condición. Los viáticos, servicios colectivos o puestos a disposición de todos los trabajadores, como transporte colectivo, atenciónmédica y similares que están a disposición de cualquier trabajador o trabajadora, cuando los necesite, etc. no forman parte de la remuneración; como tampoco las utilidades, ropa de trabajo, implementos de protección y otros que, por mandato de este Código o de la ley se les deba proporcionar obligatoriamente a todos los trabajadores y trabajadoras, sin discriminación. Parágrafo 1 De la política deremuneraciones
Art. 72.- La política de remuneraciones.- El Ministerio de relaciones laborales fijará la política de remuneraciones y para el efecto contará con un departamento especializado en remuneraciones que tendrá a su cargo los estudios que proporcionen los elementos para la fijación de las políticas en esta materia.
Art. 73.- Criterios para la fijación de las políticas deremuneraciones.- Para la fijación de la política de las remuneraciones se tendrán en cuenta los siguientes parámetros: 1.- Equitativa participación de las remuneraciones en el crecimiento del producto nacional –PNB – y en las utilidades del sector o rama de la producción y de la empresa. 2.- Que la remuneración básica nunca sea inferior al costo de la canasta básica. 3.- Productividad del trabajo, técnicamenteestablecido. El Ministerio hará públicos los estudios y los criterios con los cuales se ha establecido la productividad del trabajo. Los estudios en los que se sustenten las políticas adoptadas por el Ministro, al amparo de la garantía prevista en el art. 88 de la Constitución de la República, serán susceptibles de comparación y revisión con estudios técnicos de instituciones especializadas oacadémicas de reconocida competencia.. 4.- Las sugerencias motivaciones tanto de los empleadores como de los trabajadores.
Art. 74.- Periodicidad de las políticas.- Las políticas de remuneraciones serán fijadas, revisadas o confirmadas, cada cuatro años, por los menos, o cada vez que las condiciones económicas y sociales del país lo requieran. Las remuneraciones básica y sectoriales serán publicadasen el Registro Oficial, y además, en cualquier otra forma que determinen las respectivas Comisiones. Art. 75.- Funciones del Departamento especializado.- El departamento especializado en políticas de remuneraciones funcionará como dependencia del Ministerio de Relaciones Laborales y tendrá las siguientes facultades: 1.- Recopilar y evaluar los datos relacionados con las condiciones de vida dltrabajador/a, canasta básica para la vida personal y familiar decente, salarios pagados y percibidos, horas de trabajo cumplidas, productividad, situación económica del medio, utilidades y estado financiero de las empresas. 2.- Recopilar y sistematizar todos los datos, informaciones y estadísticas sobre las remuneraciones y su evolución en los últimos veinticinco años. 3.- Proporcionar al Ministro deRelaciones Laborales todos los estudios, informaciones y sugerencias para la fijación y revisión de las políticas de remuneraciones. 4.- Proporcionar a las comisiones tripartitas los datos e informaciones que necesiten para el cumplimiento de sus funciones. 5.- Las demás que le señalen la ley y los reglamentos.
Art. 76.- Obligaciones de los empleadores o empresarios.- Los empresarios o...
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