Captura En Flagrancia
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
MAGISTRADO PONENTE
AUGUSTO J. IBÁÑEZ GUZMÁN
APROBADO ACTA Nº. 013
Bogotá, D.C., treinta (30) de enero de dos mil ocho (2008).
MOTIVO DE LA DECISIÓN
La Corte resuelve el recurso de casación propuesto por el defensor de JORGE ALBEIRO PULIDO VALENCIA y VÍCTOR ANDRÉS MATEUS RODRÍGUEZcontra la sentencia del 28 de noviembre de 2006, por medio de la cual el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali confirmó, con algunas modificaciones, la dictada el 27 de septiembre del mismo año por el Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado de la misma ciudad.
HECHOS
Así los resumió el Tribunal:
El diecisiete (17) de enero de la presente anualidad, en horas de lamañana, perdieron la vida en la ciudad de Cali los señores JAIRO ARTURO ROMERO GONZÁLEZ, CARLOS ARTURO MESA DUQUE y ALEXANDER ESCOBAR DUQUE a raíz de varios disparos propinados por desconocidos.
Por estos hechos, son capturados instantes después, por Agentes de Policía, en sectores aledaños al lugar del insuceso, los señores JORGE ALBEIRO PULIDO VALENCIA, VÍCTOR ANDRÉS MATEUS RODRÍGUEZ yARMANDO NARANJO CASTRO, quienes son puestos a disposición de la autoridad competente, donde se legaliza su captura y se les formula imputación.[1]
ACTUACIÓN PROCESAL
1. Presentado el escrito de acusación, el 12 de julio de 2006 se llevó a cabo audiencia para su formulación ante el Juez Segundo Penal del Circuito Especializado de Cali, quien luego de agotar el trámite correspondientecondenó a ARMANDO NARANJO CASTRO, JORGE ALBEIRO PULIDO VALENCIA y VÍCTOR ANDRÉS MATEUS RODRÍGUEZ a la pena principal de cuarenta y siete (47) años de prisión y a la accesoria de inhabilitación de derechos y funciones públicas por el término de veinte (20) años, como coautores responsables de los delitos de homicidio agravado, en concurso homogéneo, y en concurso heterogéneo con el de porte ilegalde armas de uso privativo de las Fuerzas Armadas.
Así mismo, los absolvió de los cargos de homicidio en el grado de tentativa, en concurso homogéneo, que se les había formulado.
El Tribunal Superior de Cali, al conocer del recurso de apelación interpuesto por la Fiscalía y la defensa, revocó la absolución por el delito de homicidio agravado en el grado de tentativa, para en su lugarcondenarlos por esta conducta cometida en concurso, aumentando la pena en cinco (5) años más, para un total de cincuenta y dos (52) años de prisión.
LA DEMANDA
Con apoyo en la causal tercera del artículo 181 del Código de Procedimiento Penal, el recurrente acusa la sentencia del Tribunal por error de derecho, en la modalidad de falso juicio de legalidad, toda vez que el sentenciador aceptómaterial probatorio que había sido aportado al proceso con desconocimiento de de las formalidades legales requeridas para su aducción.
Cita como normas vulneradas, en forma indirecta, los artículos 29 de la Carta Política y 23, 302, 303, 306, 392, 343, 306, 402, 437, 438, 439, del Código de Procedimiento Penal y de manera directa los artículos 27, 31, 103, 104 numerales 7 y 10, 365-2 y 366 delCódigo Penal.
El primer error de derecho lo hace consistir en que el día 18 de enero de 2006, a las 18 y 30 horas se llevó a cabo audiencia preliminar de legalización de captura, presidida por la Juez 18 Penal Municipal con funciones de Control de Garantías, quien le concedió el uso de la palabra a la fiscalía para que manifestara las circunstancias en que se produjo la captura de JORGEALBEIRO PULIDO VALENCIA, VÍCTOR ANDRÉS MATEUS RODRÍGUEZ y ARMANDO NARANJO CASTRO, a quienes presentó como indiciados y procedió a narrar las ‘circunstancias fácticas’.
Para demostrar lo ocurrido, ofreció el testimonio del señor Germán Alberto Burbano Cajas y manifestó que esta persona obró como Jefe de la Unidad de Policía Judicial del Centro de Servicios Judiciales y que estuvo a cargo de toda la...
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