cara
Objeto del Impuesto
Grava al valor de la transferencia de
dominio o a la importación de bienes
muebles de naturaleza corporal, en
todas sus etapas de comercialización,
así como a los derechos de autor, de
propiedad industrial y derechos
conexos; y al valor de los servicios
prestados, en la forma y en las
condiciones que prevé esta Ley.
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Art. 52Codificación a La Ley de Régimen Tributario Interno
Transferencia
Es todo acto o contrato realizado por
personas naturales o sociedades que
transfieran el dominio de bienes muebles de
naturaleza corporal, así como los derechos
de autor, de propiedad industrial y derechos
conexos
La venta de estos bienes recibidos en
consignación y arrendamiento con opción a
compra-venta, arrendamientomercantil.
Consumo personal por parte del sujeto
pasivo del impuesto de los bienes que los
produzcan y vendan.
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Art. 53 Codificación a La Ley de Régimen Tributario Interno
Transferencias
NO OBJETO DE IMPUESTO
* Aportes en especie a sociedades.
* Adjudicaciones por herencia o por liquidación de
sociedades, inclusive de la sociedad conyugal.
* Ventas de negocios (traspaso activos ypasivos).
* Fusiones, escisiones y transformación de sociedades.
* Donaciones al sector público y a instituciones de carácter
privado sin fines de lucro legalmente constituidas.
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Art. 54 Codificación a LRTI reformado por art. 157 LET
Transferencias
NO OBJETO DE IMPUESTO
* Cesión de acciones, participaciones sociales y
títulos valores.
* Las cuotas o aportes que realicen loscondóminos para el mantenimiento de los
condominios
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Art. 53 Codificación a La Ley de Régimen Tributario Interno
Bienes gravados con tarifa 0%
Productos alimenticios de origen:
agrícola, avícola, pecuario, apícola,
cunícola, bioacuático, forestal, carnes en
estado natural y (*)embutidos, y de pesca.
Leches en estado natural, pasteurizada,
homogenizada, o en polvo de producciónnacional, (*)quesos, (*)yogures, proteicos
infantiles.
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Art. 55 LORTI
(*)Mandato Constituyente No. 16
Bienes gravados con tarifa 0%
Pan, azúcar, panela, sal,
manteca, margarina,
avena, maicena, fideos,
harinas de consumo
humano, enlatados
nacionales de atún,
macarela, sardina y
trucha, aceites
comestibles, excepto de
oliva.
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Art. 55 LORTI
Bienes gravados con tarifa 0%Semillas certificadas, bulbos, plantas,
esquejes y raíces vivas. Harina de pescado
y los alimentos balanceados, preparados
forrajeros con adición de melaza o azúcar, y
otros preparados que se utilizan como
comida de animales que se críen para
alimentación humana.
(*)Fertilizantes, insecticidas, pesticidas,
fungicidas, herbicidas, aceite agrícola
utilizado contra la sigatoka negra,antiparasitarios y productos veterinarios así
como la materia prima e insumos,
importados o adquiridos en el mercado
interno para producirlas.
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Art. 55 LORTI
(*) Decreto 1232
Bienes gravados con tarifa 0%
Tractores de llantas de hasta 200 hp
incluyendo los tipo canguro y los que
se utiliza en el cultivo del arroz;
arados, rastras, surcadores y
vertedores;
cosechadoras,
sembradoras,cortadoras de pasto,
bombas de fumigación portables,
aspersores y rociadores para
equipos de riego y demás elementos
de uso agrícola, partes y piezas que
se establezca por parte del
Presidente de la República mediante
Decreto (*)
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Art. 55 LORTI
(*) Decreto 1232
Bienes gravados con tarifa 0%
Medicamentos y drogas de
uso humano
Papel bond, libros y
material didáctico quese
comercializa conjuntamente
con los libros.
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Art. 55 LORTI
Bienes gravados con tarifa 0%
* Los que se exporten.
* Los que se introduzcan al país:
a.- Diplomáticos extranjeros y funcionarios de
organismos internacionales.
b.- Pasajeros hasta valor
reconocida por Aduanas.
de
franquicia
c.- Donaciones provenientes del exterior a
favor de instituciones del Estado....
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