Caracter inconstitucional de la ley habilitante
Dr. José Vicente Santana Osuna
CAPÍTULO I
EL MANDATO CONSTITUYENTE
Dado que la “LOTTT” se dictó con base a una Ley Habilitante, considero necesario adelantar algunos señalamientos al respecto.
Nuestra actual Constitución en la Disposición Transitoria Cuarta, imponea la Asamblea Nacional aprobar:
“Mediante la reforma de la Ley Orgánica del Trabajo, un nuevo régimen para el derecho a prestaciones sociales..., el cual integrará el pago de este derecho de forma proporcional al tiempo de servicio y calculado de conformidad con el último salario devengado, estableciendo un lapso para su prescripción de diez años… Asimismo, contemplará un conjunto de normasintegrales que regulen la jornada laboral y propendan a su disminución progresiva..”
Si bien es cierto que existía una orden expresa de la constituyente para que la asamblea Nacional reformara la Ley Orgánica del Trabajo en el lapso de un año, contado a partir de la promulgación de la Constitución, lo cual no se llevó a cabo, como todos sabemos.
En situaciones como ésta entran en juego losartículos 336.7 de nuestra Carta Magna y el art. 25.7 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia que tienen idéntica redacción y que le permite a la Sala Constitucional declarar la inconstitucionalidad del poder legislativo nacional, cuando haya dejado de dictar las normas indispensables para garantizar el cumplimiento de la Constitución, y establecer el plazo y, de ser necesario, loslineamientos de su corrección.
Para la Sala Constitucional, esta atribución:
“…consiste primordialmente “en mantener abierta la posibilidad de que, en el ejercicio de las competencias que tienen atribuidas (los órganos del Poder Público), cumplan con sus objetivos y participen plenamente en la toma de las decisiones en que les quepa actuar y, una vez desarrollados sus derechos, deberes o potestades …..,controlar la correspondencia de dichas actuaciones con la norma fundamental”
(Sentencia N° 2573 SC. del 16.10.02)
Con fundamento en los referidos artículos, se intentó por la Presidenta de FENATRIADE, la solicitud de declaratoria de inconstitucionalidad por omisión del Poder Legislativo Nacional, por el incumplimiento de parte de la Asamblea Nacional de lo establecido en la DisposiciónTransitoria Cuarta del Texto Fundamental, referida al nuevo régimen legal del derecho a prestaciones sociales.
Lo peticionado fue decidido por la Sala Constitucional, en los siguientes términos:
“…. con el propósito de darle pronta terminación a la violación de la Norma Constitucional que supone la falta de aprobación del nuevo régimen legal del derecho a prestaciones sociales, pero sin desconocer elderecho a la participación de los diferentes sectores de la vida social del país y la necesidad de una concertación o del mayor consenso posible entre los representantes de los ciudadanos al momento de adoptar dicha reforma de la Ley Orgánica del Trabajo, otorga a la Asamblea Nacional un plazo máximo de seis (6) meses contados a partir de la fecha de publicación del presente fallo, para queprepare, consulte, discuta y sancione conforme al procedimiento constitucional de elaboración de leyes orgánicas, la Ley de reforma de la Ley Orgánica del Trabajo, que contenga el nuevo régimen del derecho a prestaciones sociales, de conformidad con los criterios materiales y procesales que fijan el artículo 92 y la Disposición Transitoria Cuarta, numeral 3, de la Constitución de la República Bolivarianade Venezuela. La Sala, aun cuando en casos como el presente ha establecido un plazo menor, otorga al órgano legislativo Nacional el término anterior vista la complejidad técnica y material para la producción del texto normativo a sancionar. Así se decide.“
(Sentencia de la Sala Constitucional del 15-06.2004. Exp. n° 03-1745).
Del dispositivo de la sentencia no podemos dejar de señalar que él...
Regístrate para leer el documento completo.