carlos cerdo
Pereira, 7 de septiembre de 2009
Profesor
MIGUEL ANTONIO ALVAREZ ALVAREZ
Presidente ASPU Risaralda
La Universidad
Ref. : Pliego de Peticiones radicado al 0211818.Acusamos recibo de su comunicación de la referencia en la que nos notifica la designación de los representantes que por su organización sindical adelantarán el trabajo de concertación con laadministración y sobre el particular, la rectoría le informa que los delegados por parte de la universidad serán los siguientes funcionarios:
1) Germán López Quintero
Vicerrector Académico
2)Fernando Noreña Jaramillo
Vicerrector Administrativo
3) Carlos Alfonso Zuluaga Arango
Secretario General
De igual modo, le expreso a usted la preocupación de la rectoría sobre el pliegopresentado, pues en él aparecen temas que no se corresponden con los ámbitos previstos en el Decreto 535 de 2009 y sobre el particular daré precisas instrucciones a los funcionarios designados, pues nopuede el procedimiento de concertación estar por fuera de los lineamientos legales. Al respecto, conviene transcribir lo establecido en el Decreto 535 de 2009 así:
“Artículo 3°. Concertación de lascondiciones laborales. Se garantiza el derecho de concertación de los empleados públicos, a través de sus organizaciones sindicales, con la entidad pública empleadora, con el fin de:
1. Fijar lascondiciones de trabajo.
2. Regular las relaciones entre empleadores y empleados.
Parágrafo. Están excluidas de la concertación de las condiciones laborales, los asuntos que excedan el campolaboral, tales como: la estructura organizacional, las plantas de personal, las competencias de dirección, administración y fiscalización del Estado, los procedimientos administrativos y el principio del...
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