Carlos Rua
DERECHOS DE AUTOR SOBRE PROYECTO ARQUITECTONICO-No impide que el propietario de la obra realice modificaciones
AMPLIO MARGEN DE CONFIGURACION LEGISLATIVA EN MATERIA DE PROPIEDAD INTELECTUAL-Condiciones/PROPIEDAD INTELECTUAL-Alcance de la regulación legislativa
DERECHOS DE AUTOR Y CONEXOS-Regulación normativa
PROPIEDAD INTELECTUAL Y DERECHO DE PROPIEDADCOMUN-Diferencias
DERECHOS DE AUTOR-Contenido y alcance/DERECHOS DE AUTOR-Compuesto por derechos morales y patrimoniales/DERECHOS MORALES DE AUTOR-Concepto/DERECHOS PATRIMONIALES DE AUTOR-Contenido
DERECHOS MORALES DE INTEGRIDAD Y PATERNIDAD DE LAS OBRAS-Contenido/DERECHOS DE AUTOR-Intangibilidad de la obra
DERECHO PATRIMONIAL DE TRANSFORMACION-Regulación
DERECHOS DE AUTOR-Limitaciones yexcepciones
DERECHO MORAL DEL ARQUITECTO-Derecho comparado
DERECHOS DE AUTOR Y CONEXOS-Corresponde al legislador establecer limitaciones y excepciones/LIMITACIONES Y EXCEPCIONES A DERECHOS DE AUTOR-Aplicación de la regla de los tres pasos
DERECHOS DE AUTOR Y CONEXOS-El legislador no puede establecer para todos los tipos de obra las mismas limitaciones y excepciones, por cuanto lasespecificidades de aquellas demandan un tratamiento diferenciado
La obra de cada autor tiene unas características especiales que determinan una regulación particular, es decir, de acuerdo con la especialidad de cada obra el legislador debe prever, en los términos planteados, las limitaciones correspondientes. De hecho, no es plausible aplicar de manera analógica la limitación que respecto del uso de unaobra hubiere autorizado el legislador. De esta manera, mientras al amparo de la limitación consagrada en el artículo 44 de la Ley 23 de 1982, es posible adelantar una reproducción de una obra musical, sin autorización del titular, en el domicilio privado del usuario, la reproducción de un programa de ordenador incluso para uso personal exige la autorización del titular, según lo dispone el artículo25 de la Decisión Andina 351 de 1993. Lo anterior significa que el legislador no puede establecer para todos los tipos de obra las mismas limitaciones y excepciones, por cuanto las especificidades de aquellas demandan un tratamiento diferenciado. En consecuencia, la creación y explotación de las obras realizadas por arquitectos, músicos, escritores, pintores, programadores de computador, etc., esdiferente, motivo por el cual el legislador determinó un régimen de limitaciones y excepciones que no pueden ser analizadas en un plano de igualdad.
Referencia: expediente D-8103
Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 43 (parcial) de la Ley 23 de 1982.
Actor: José Miguel CeballosDelgado
Magistrado Ponente:
LUIS ERNESTO VARGAS SILVA
Bogotá, D.C., cuatro (4) de noviembre de dos mil diez (2010).
La Sala Plena de la Corte Constitucional, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las previstas en el artículo 241, numeral 4 de la Constitución Política, ycumplidos todos los trámites y requisitos contemplados en el Decreto 2067 de 1991, ha proferido la siguiente
SENTENCIA
I. ANTECEDENTES
El ciudadano José Miguel Ceballos Delgado formuló ante la Corte Constitucional acción pública de inconstitucionalidad contra el artículo 43 (parcial) de la Ley 23 de 1982, al considerarlo incompatible con los artículos 2, 4, 9, 13, 61, 70 y 71 de la ConstituciónPolítica.
Por medio de auto de trece (13) de mayo de dos mil diez (2010), el magistrado sustanciador decidió admitir la demanda al considerar que reunía los requisitos exigidos por el artículo 2º del Decreto 2067 de 1991. Como consecuencia de ello dispuso correr traslado al Procurador General de la Nación, para que rindiera su concepto de rigor; comunicar la iniciación del proceso al...
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