nesCONSULTA PÚBLICA PARA LA MODIFICACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 271, 272 Y 273 DEL REGLAMENTO SANITARIO DE LOS ALIMENTOS DTO. N° 977/96 El Departamento de Alimentos yNutrición pone en consulta pública la propuesta de modficiación de los artículos 271, 272 y 273 referidos a las carnes de abasto. Estas tienen como objetivo armonizarel Reglamento Sanitario de los Alimentos con las disposiciones de Codex Alimentarius. ARTÍCULO 271 DICE ACTUALMENTE Carne fresca es aquella que ha sido sometida a unproceso de enfriamiento, en un rango de temperatura de +1º a +7ºC por 24 a 48 horas. SE PROPONE QUE DIGA Carne fresca, es aquella que, aparte de haber sidorefrigerada o enfriada, en un rango de temperatura que va entre 0ºC a +7ºC, ha recibido un eventual envasado protector y conserva sus características naturales. Carneenfriada es aquella cuya Se elimina el artículo temperatura interna medida en el centro de la masa muscular esta comprendida entre +2º al finalizar el proceso de enfriado y–12° C. Carne congelada es aquella Carne congelada es aquella cuya cuya temperatura interna temperatura interna medida en el medida en el centro de la masa centrode la masa muscular es de muscular es de –18ºC como -18ºC como máximo. máximo. Sin embargo para fines de transporte Sin embargo para fines de de las mismas, seconsideran transporte de las mismas, de igualmente como carnes congeladas, acuerdo a los artículos 190 y aquellas definidas en los artículos 190 191 del presentereglamento, se y 191 del presente reglamento. consideran igualmente como carnes congeladas, aquellas que presenten una temperatura máxima de hasta –12ºC.
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