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Señores
ALCALDIA DE PASTO
Pasto Nariño.
REF: SOLICITUD INFORMACION
AMANDA VIVIANA ROSERO, mayor y vecino de esta ciudad, identificado como aparece al pie de mi correspondiente firma, con todo respeto acudo ante su despacho con la finalidad de ejercer el derecho de petición de que trata el artículo 23 de la Constitución Política y solicitar informaciónsobre el plan de acción y gestión de ALCALDIA DE PASTO para el presente año, en lo relativo a apoyo a los ocupantes del espacio público de las Avenidas que se verán afectados con las obras de Gerencia de Espacio Público y Movilidad Urbana.
Lo anterior, en atención a la necesidad que tenemos de estar informados sobre el futuro del proyecto.
Igualmente, requerimos se nos informe sobre la realizaciónde programas dirigidos a la capacitación en el área de formación de microempresas y formalización, pues entendemos que es realmente esta la base fundamental de la sostenibilidad de nuestros negocios.
DERECHO
Invoco como fundamento de derecho lo preceptuado en los artículos 17 y siguientes del Código Contencioso Administrativo.
NOTIFICACIONES
Recibiré notificaciones en la Secretaría de suDespacho o en En la carrera 25 numero 18 – 45 oficina 301 centro
Atentamente,
AMANDA VIVIANA ROSERO
C.C. Nº 59.314.637 de Pasto
DENEGACIÓN DE LA PETICIÓN DE INFORMACIONES
ALCALDIA DE PASTO
Resolución número 983 de 2013
“Por la cual se deniega una petición de (suministro de información, expedición de copia del documento…, o de acceso al archivo de …, para llevar a caboel examen …)”
El Gerente de ALCALDIA, en ejercicio de sus atribuciones legales y reglamentarias, y en especial las conferidas por el artículo 19 del Código Contencioso Administrativo,
CONSIDERANDO
Que el señor(a), AMANDA VIVIANA ROSERO mediante escrito presentado personalmente, el día 18 de julio 2014 ha solicitado a la ALCALDIA , información acerca de se nos informe sobre la realizaciónde programas dirigidos a la capacitación en el área de formación de microempresas y formalización, pues entendemos que es realmente esta la base fundamental de la sostenibilidad de nuestros negocios.
Que el escrito reúne los requisitos legales y reglamentarios, siendo respetuosa, clara y completa la solicitud;
Que la ley permite negar una petición cuando ocurre una situación de excepciónpor tratarse de documentos reservados que no pueden ser del conocimiento de los particulares, lo que ocurre en este caso en el que se solicita es 43, documento sobre el que pesa reserva legal, al tener de lo dispuesto en el artículo 8 de la ley 594 de 2000.
Que las anteriores consideraciones son suficientes para negar la petición, no sin advertir al peticionario que tiene el derecho deinsistencia dispuesto en el artículo 21 de la ley 57 de 1985.
RESUELVE
Artículo 1º - Deniégale la petición hecha por el señor AMANDA VIVIANA ROSERO para obtener información o la expedición de copias, por cuanto el objeto de la solicitud tiene el carácter de información reservada, de acuerdo con las disposiciones legales correspondientes.
Artículo 2º - Notifíquese personalmente esta decisión alpeticionario, señor (a) AMANDA VIVIANA ROSERO haciéndole saber su contenido, tanto en lo que se relaciona con la parte motiva como en la resolutiva del presenta acto administrativo.
Artículo 3º - Esta resolución rige a partir de su expedición, y por poner fin a la actuación administrativa, contra ella procede el recurso de reposición dentro de los cinco (5) días siguientes a su notificación yante el mismo funcionario que la expide.
Notifíquese y cúmplase.
Dada en San Juan de Pasto , a los 22 días del mes de julio de 2014.
Gerente Alcaldía
San Juan de Pasto, julio 21 2014
Señores:
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO SECCION PRIMERA SUBSECCION A
Pasto Nariño.
REF: INSISTENCIA POR RESERVA
El Jefe de la...
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