Cartas De Luz Y Fuerza
Trabajo (CCT) vigente al momento de la extinción de LyFC, así como en los Artículos 4° y 5°
del Decreto de Extinción del Organismo Descentralizado de Luz y Fuerza del Centro, de fecha
10 de octubre de 2009, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el dia 11 de octubre del
2009. Así como lareforma a la Ley Orgánica de Comisión Federal de Electricidad (CFE), publicado en el Decreto del Diario Oficial de la Federación el día 9 de diciembre de 2010, y el
Convenio de Delimitación de Zonas y Materia de Trabajo del 15 de mayo de 1985 y su
publicación en el Diario Oficial de la Federación el día 28 de mayo de 1985, celebrado entre
los Sindicatos: Mexicano de Electricistas y el Único deTrabajadores Electricistas de la
Republica Mexicana, y la Compañía de Luz y Fuerza del Centro y la CFE.
“Artículo 4°.-Se respetaran los derechos laborales de los trabajadores de Luz y Fuerza
del Centro y las indemnizaciones correspondientes se harán conforme a lo dispuesto en el
Contrato Colectivo de Trabajo y demás ordenamientos aplicables.
Las Secretarías de Hacienda y Crédito Público, deEnergía y del Trabajo y Previsión
Social se coordinarán en el ámbito de sus respectivas competencias con el Servicio de
Administración y Enajenación de Bienes, a efecto de que las indemnizaciones señaladas en el
párrafo anterior sean pagadas en el menor tiempo posible, conforme a las disposiciones
aplicables.”
“Artículo 5°.-El Gobierno Federal garantizará el pago de las jubilaciones otorgadas a
lostrabajadores de Luz y Fuerza del Centro. Para tal efecto, la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público y la Secretaría de Energía, en el ámbito de sus respectivas competencias
realizarán las acciones conducentes para que el Servicio de Administración y Enajenación de
Bienes reciba los recursos que se requieran, según las necesidades previsibles, para el
cumplimiento de las obligaciones con lostrabajadores jubilados de Luz y Fuerza del Centro,
con cargo a los recursos que se establezcan para tal fin en el Presupuesto de Egresos de la
Federación.”
H E C H O S
1.-Los suscritos somos TRABAJADORES-Jubilados por Luz y Fuerza del Centro, lo que esta
debidamente reconocido por el SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN Y ENAJENACIÓN DE
BIENES (SAE), que ha venido cubriendo nuestra cuota de jubilación.El Sistema de Administración y Enajenación de Bienes (SAE), ha recibido cerca de 22 mil
escritos individuales de cada uno de los Trabajadores-Jubilados de Luz y Fuerza del Centro;
solicitándole el respeto de la prestación de energía eléctrica contemplada en la Cláusula 95 del
Contrato Colectivo de Trabajo. Su respuesta ha sido “el SAE no es productor ni
comercializador de energía eléctrica, sesigue estudiando una resolución que satisfaga a las
partes, y se dará a conocer en su oportunidad, por el momento se seguirá respetando su
prestación”. Sin embargo, la extorsión por parte de contratistas de CFE en contra de los
Trabajadores-Jubilados de LyFC sigue creciendo, el grito es “pagas o te cortamos”, han
estado cortando servicios de Trabajadores Jubilados y retirando los cables de laacometida de
su servicio.
D E R E C H O S
CLÁUSULA 41.- PAGO DEL SALARIO Y SALARIO DE BASE
Fracción XII.- PAGO DE LA CUOTA DE JUBILACIÓN
CLÁUSULA 42.- DÍAS, HORAS, LUGARES DE PAGO Y LISTAS DE
RAYA.
Fracción II.- RECIBOS DE PAGO.-LyF proporcionará a sus trabajadores,
adjunto al recibo de pago, un talón para la consulta y reclamación a que tengan derecho y en
el que constarán lossiguientes datos: 2.-El salario diario de nómina
6.-El concepto y monto de cada una de las percepciones y deducciones que se
le hagan al trabajador.
7.-El concepto y monto de cada uno de los descuentos que se le hagan al
trabajador.
8.-La cantidad neta resultante a favor del trabajador.
LyF, mantendrá actualizados los conceptos de percepciones, deducciones y
descuentos, los cuales deberán estar...
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