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Está permitido efectuar pagos anticipados en toda operación de crédito en moneda nacional sin incurrir en ningún tipo de penalización o compensación por lucrocesante, de las cuotas o saldos en forma total o parcial, con la liquidación de intereses al día del pago.
Este derecho del consumidor financiero no será aplicado aoperaciones de crédito cuyo saldo supere los 880 S.M.L.M.V (Para el año 2012, equivalente a $498.696.000,00).
La Ley consagra que es derecho del consumidor financiero, decidir silos pagos parciales que realice, le sean abonados a capital con disminución del plazo o a capital con disminución del valor de la cuota de la obligación.
En el evento deque el consumidor financiero o deudor posea varios créditos con la misma entidad financiera que sumados superen el monto de 880 S.M.L.M.V., sólo podrá realizar el pagoanticipado hasta dicho límite.
La posibilidad de pago anticipado de los créditos anteriormente especificados, aplica a los créditos otorgados a partir de la entrada envigencia de esta ley (publicación en el Diario Oficial el día 09 de julio de 2012). Significa lo anterior, que sobre los créditos otorgados con anterioridad al día 09 de julio de2012, es procedente cobrar la sanción por prepago siempre y cuando se encuentre consagrada expresamente dicha cláusula.
Las disposiciones consagradas en esta ley, noaplican para los créditos hipotecarios, ya que la eliminación de la sanción por prepagos para los créditos hipotecarios, había sido consagrada desde la Ley 546 de 1999.
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