Cartilla accion de tutela
TITULO DE LA CARTILLA: TUTELA Y SALUD
Por GERMAN HUMBERTO RINCON PERFETTI
¿PARA QUE SIRVE LA ACCION DE TUTELA? Para reclamar la protección de los derechos fundamentales ¿CUÁLES SON LOS DERECHOS FUNDAMENTALES? La vida, ninguna persona podrá ser sometida a desaparición, ni tratos crueles, inhumanos o degradantes, la igualdad, intimidad personal y familiar, buen nombre, libre desarrollo dela personalidad, libertad de conciencia, libertad de cultos, libertad de expresar y difundir pensamientos y opiniones, la honra, derecho de petición, de circulación, libertad de enseñanza, aprendizaje investigación y cátedra, debido proceso, ninguna persona puede ser obligada a declarar en contra de si misma ni de sus familiares, el asilo, derecho de reunión, asociación, libertad de constituirsindicatos, la seguridad social y la salud en conexión con la vida. ¿ANTE QUIEN SE PRESENTA? Es necesario tener en cuenta contra quien se dirige la tutela. Si va dirigida contra una autoridad pública del orden nacional le corresponde al Tribunal Superior Sala Penal o Civil o Laboral o Contencioso Administrativa o Consejo Seccional de la Judicatura a elección suya. Cuando la entidad sea un organismo oentidad del sector descentralizado por servicios del orden nacional o autoridad pública del orden departamental se presenta al Juzgado del Circuito ya sea Penal, Civil, Laboral o de Familia a su elección. Siendo la parte demandada una autoridad pública del orden distrital o municipal o una persona particular se denuncia en un juzgado Municipal, ya sea Civil, Penal o Promiscuo a su elección. En elevento de existir varias entidades o personas naturales o jurídicas de diferente orden o jerarquía, conocerá del caso el Juzgado o Tribunal de mayor jerarquía que corresponda a la parte demandada de mayor jerarquía y allí se tramita el caso. Cuando en la localidad o municipio donde se presente la acción de tutela funcionen varios despachos judiciales del mismo nivel y especialidad de aquel anteel cual se ejerció la acción, la misma se someterá a reparto o sorteo el mismo día y con la mayor brevedad, sea manualmente o por computador. Realizado el reparto se remitirá inmediatamente la solicitud al funcionario(a) competente. En aquellos eventos en que la solicitud de tutela se presente verbalmente, el juzgado remitirá la declaración presentada, el acta levantada, o en su defecto de ambas,un informe sobre la solicitud, al funcionario(a) de reparto con el fin de que proceda a efectuar el mismo.
¿QUIEN LA PUEDE PRESENTAR? La persona afectada en forma directa o mediante abogado o abogada. También lo puede hacer una tercera persona siempre y cuando la víctima no lo pueda hacer por si misma, como por ejemplo estar hospitalizada o en la
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unidad de cuidados intensivos o detenida.Si se trata de una persona menor de edad la puede presentar por si misma o cualquier persona esta habilitada para hacer valer los derechos de niños y niñas. ¿LA TUTELA SIRVE PARA TODO? No. Únicamente frente a derechos fundamentales y cuando no existan otros recursos o medios de defensa judiciales, salvo que aquélla se utilice como mecanismo transitorio para evitar un perjuicio irremediable.Tampoco sirve para hacer valer derechos colectivos, tales como la paz y los demás mencionados en el artículo 88 de la Constitución Política. Cuando el hecho se encuentra consumado y no sea posible devolver las circunstancias al momento anterior no es procedente presentarla debido a que pierde sentido la orden judicial que se emita. ¿UNA TUTELA SIRVE PARA OTRAS PERSONAS QUE ESTAN EN CIRCUNSTANCIASSIMILARES? No. Únicamente se aplica a quienes demandaron y ganaron sea en forma individual o en conjunto. ¿CUÁNTO TIEMPO DEMORA EL TRAMITE? La primera instancia (es decir el juzgado o tribunal que conoce inicialmente) tiene 10 días hábiles. Si hay impugnación o apelación son 20 días hábiles. ¿SI LA SITUACIÓN NO PUEDE ESPERAR 10 DIAS, QUE SE PUEDE HACER? Se puede pedir al juzgado desde el mismo momento...
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