caso arbitraje
Ana Maria Manotas Rodriguez
Agosto 25 del 2015
Tatiana Oñate
Argumentos del por qué se debe pagar la compensación al inversionista Japonés:
1. De acuerdo con el Artículo 4º delAcuerdo entre la Republica de Colombia y Japón para la liberalización, promoción y protección de inversión, en su parágrafo tercero establece que: “Cada Parte Contratante, observará cualquier obligaciónderivada de un acuerdo escrito concluido entre el gobierno central o agencias del mismo y un inversionista de la otra Parte Contratante con respecto a inversiones específicas del inversionista, en lascuales el inversionista pudo haber confiado al momento del establecimiento, adquisición o expansión de tales inversiones”1. Aquí se puede determinar que Japón puede pedir compensación, ya que almomento de la compra de las 200 hectáreas y los cinco kilómetros frente al mar de acuerdo con el parágrafo tercero, el inversionista (Japón) tuvo confianza frente a la compra del terreno para ejecutar elcontrato. Por otro lado también se generó confianza ya que Japón contaba con licencias de construcción, habilitación urbana y permisos de la curaduría urbana y planeación distrital.
2. Uno de lasintenciones esenciales del Acuerdo menciona que se quiere “fomentar la creación de condiciones estables, equitativas, favorables y transparentes para la mayor inversión de inversionistas de una ParteContratante en el Área de la otra Parte Contratante” Como se puede entender, se busca fomentar la inversión extranjera, así como los inversionistas nacionales podrán invertir afuera sin tantaslimitaciones, Japón esperaría lo mismo cuando se hizo la licitación con el Distrito Turístico de Cartagena, en no tener limitación alguna al momento de ejecutar el proyecto inmobiliario previsto.
3. Respetoa los 1500$ de acuerdo con el artículo 36 se puede pedir un informe de expertos en donde se demuestre que la falta de ejecución del proyecto por parte de Japón, alcanza la suma pedida con los...
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