caso cine callao
El poder legislativo dicto la ley 14.226, la cual declara obligatoria la inclusión de espectáculos “en vivo” en todas las salas cinematográficas de la nacion, como un sistemaespecial destinado a promover la ocupación en lo concerniente a los trabajadores del espectáculo publico, quienes se encontraban en una crisis ocupacional a causa de la falta de salas de teatro. A su vez,dicha norma demandaba la realización de gastos e inversiones (adecuacion del local para que puedan desarrollarse actos en vivo, contratar actores, etc) a cargo del propietario del establecimientocinematografico, no susceptibles de amortización ni redito, prohibiendo, en un principio, cobrar al publico una suma extra por los actos “en vivo”; pero esto fue modificado posteriormente por laResolucion n. 1446/57, que autorizo a cobrar por separado los actos en vivo.
La propietaria del “Cine Callao” se rehusa a cumplir con la presente norma; plantea que asi se le estaba imponiendo una obligaciónde contratar en condiciones violatorias de la libertad de comerciar, ademas de la carga que se le imponia al demandarle la realización de gastos e inversiones pertinentes para que dicha actividadpueda llevarse a cabo.
Frente a la negativa de la S.A propietaria, la Direccion Nacional de Servicio y Empleo le impuso una multa, y la obligo a cumplir con la ley, bajo apercibimiento de clausura.Contra esta sentencia, la actora (cine callao) interpuso un recurso extraordinario impugnando la inconstitucionalidad de la ley 14.226 por contrariar la garantia de propiedad y el derecho de ejercerlibremente el comercio.
Marco Normativo:
En el presente caso se pone en tela de juicio la constitucionalidad de la ley 14.226, la cual en su articulo primero establece la obligación de incluir“espectáculos artisticos vivos de variedades” en los programas de las salas cinematograficas de todo el territorio de la Nacion; en síntesis, la letra del articulo citado anteriormente, presenta un...
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