Padres de familia se acercan a un Centro Educativo Público, con el fin de inscribir a su hijo, pero en dicho plantel les dicen que ya no es posible la inscripciónporque ya finalizó el periodo de inscripciones, cosa que no es cierto puesto que según publicación del Ministerio de Educación todavía se está en fecha deinscripción ordinaria. Por lo cual se dirigen a levantar una denuncia en el Ministerio de Educación, y dicho Ministerio procede a notificar al Supervisor Educativocorrespondiente, el cual notifica al establecimiento Educativo que debe hacer efectiva la Inscripción puesto que se está en tiempo de Inscripción ordinaria, fundamentándoseprimero que nada en la Ley de Educación Nacional Decreto Legislativo No. 12-91 de fecha 12 de enero de 1991, Articulo 39, Derecho de los Educandos, numeral 13 el cualliteralmente dice…. “tienen derecho los educandos a ser inscritos en cualquier establecimiento educativo de conformidad a lo establecido en la Constitución Políticade la República de Guatemala y demás ordenamientos legales”, dicha Constitución hace mención en el artículo 71 derecho a la Educación: “Es obligación del estadoproporcionar y facilitar educación a sus habitantes sin discriminación alguna”, y por último se fundamentó con el Acuerdo Ministerial No. 1055-2009 de fecha 15 de juniode 2009, Artículo 6 Períodos de inscripciones. La inscripción se efectuará, de forma ordinaria, en las fechas que determine el ministerio de educación para cadaciclo lectivo, tanto para el subsistema de educación escolar y de educación extraescolar. Motivo por el cual el Plantel Educativo tuvo que realizar dicha inscripción.
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