Caso cromañon
CASO CROMAÑON ¿Alguno se tomo tan solo 5 minutos en escuchar e interpretar lo que dijo el Tribunal Oral en lo Criminal nº 24,integrado por los jueces María Cecilia Maiza, Marcelo Alvero y Raúl Llanos? Seguramente no, y no voy a ser tan autoritario y elitista de afirmar que la mayoría de quienes se quejan por el fallo de la Justica, jamás ni siquiera pasaron a 10 kms de distancia del Código Procesal Penal, a otros 20 kms del Código Civil y a otros 30kms de la Constitución Argentina. Lo que si voy a hacer es pedirles unpoco de uso de razón y sentido común. En primer lugar “ES MENTIRA” que el Tribunal haya establecido que Callejeros es INOCENTE. Lo que el Tribunal está diciendo y de esta manera sentando jurisprudencia altamente valiosa para el futuro es que: UNO de los integrantes de CALLEJEROS (entendido como un TODO; como una ORGANIZACION) su Manager y Representante Diego Marcelo Argañaraz es condenado a 18 añosde prisión. El Tribunal interpreta que la persona que Callejeros (ORGANIZACIÓN) dispuso a los efectos de controlar que todo funcionara bajo las correctas normas de seguridad, no lo hizo, y por esto lo hace penalmente responsable. Acá también la JUSTICIA hace uso del Sentido Común; nadie puede pensar seriamente que un MUSICO deba tener conocimientos Académicos de Seguridad e Higiene Industrial. Espor esto que de ahora en mas quienes pretendan Representar a una banda, teniendo en cuenta que el negocio es altamente rentable, van a invertir los recursos necesarios para llevar a cabo la actividad de forma idónea y responsable.
Una de las partes que representan al Ministerio Publico es decir al ESTADO: LA POLICIA. Carlos Rubén Díaz (ex subcomisario): el Tribunal lo condenó a 18 años deprisión e inhabilitación especial perpetua por considerarlo autor del delito de cohecho pasivo en concurso real. Acá lo que la JUSTICIA le está diciendo a cada oficial a cargo de controlar la Seguridad en un Evento Publico dentro del territorio argentino, es que cobrar inescrupulosamente $100 por cada 100 personas de más que entren en ese lugar; no solo puede terminara con su carrera, sino que además sepuede comer 18 años en la cárcel. La Justicia también dijo en el caso de Chaban que a pesar de CONTAR CON EL AVAL DEL MINISTERIO PUBLICO (Republica Cromañon estaba habilitado por el municipio y por las autoridades correspondientes) para desarrollar su actividad; igualmente determino que fue penalmente responsable por el delito de incendio doloso calificado. Sin lugar a dudas como responsable...
Regístrate para leer el documento completo.