Caso de drawback
Curso: Seminario de Finanzas Internacionales
Integrantes
Carrillo Galán Susy
Carranza García Jauner
Chuquihuanga Jara Martin
Teque Llapilliquen Erika
Sandoval Maldonado NormaLlegado Guerrero Catherine
Marco Legal
Art 82 de Ley General de Aduanas
El Drawback es el Régimen Aduanero que permite, como
consecuencia de la exportación de mercancías, obtener la
restitucióntotal o parcial de los derechos arancelarios, que
hayan gravado la importación de las mercancías contenidas
en los bienes exportados o consumidos durante su
producción.
Interpretación
Sostieneque la restitución arancelaria no
opera cuando no existe monto alguno que
restituir
desgravado
el
insumo
proveniente de un determinado
país por acuerdos comerciales
internacionalescomponente o insumo importado no ha
pagado algún arancel
tener asignado en el arancel
nacional una tasa del “cero
por ciento”.
Insumos Importados
Contiene a las
materias primas,
productosintermedios,
piezas, o partes.
Los derechos
arancelarios
deberán haberse
cancelado al 100
% y haber sido
utilizados en el
producto a
exportar
Los insumos
deberán ser
importados 36
mesesantes de
la fecha
exportación del
producto
Beneficiario
Art 13º Reglamento del Procedimiento de
Restitución
Simplificado de Derechos
Arancelarios
Aquellas empresas constituidas en el
país,que
importen o hayan importado, a través de terceros, las
mercancías incorporadas o consumidas en el bien
exportado
productoras- exportadoras
Resolución Ministerial Nº 195-95-EF
(…)aquella que efectúa directamente la exportación de
los bienes que elabora o produce, o aquella que encarga
la producción o elaboración de los bienes que exporta
Supuesto de exclusión
Exclusión poracogimiento a
un
régimen
aduanero
suspensivo o exoneratorio.
El insumo importado no paga los tributos
arancelario completos por que se acoge
a una desgravación
Régimen de admisión temporal...
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