Caso Delfino
El cambiante contesto social que se vivía, situación que en nuestra legislación siempre marco el paso, en este caso no es un participe menor. Si bien este decisorio data de 1927 tiempos de aparente calma, se estaban vislumbrando en Argentina y el mundo la recesión que eclosión en la crisis del ´29; y aun el hambre de la posguerra (1914/1918) nohabía sido superado, situación que obligaba a los estado a tomar medidas agiles y cambiantes para apaliar los problemas económicos que se vislumbraban, por ello es que la causa definitoria de las delegaciones legislativas debe ubicarse en la complejidad y en la celeridad de la vida política, económica, financiera, y en la vetustez que presentaba el paradigma clásico de división de poderes(Montesquieu), en el sentido que todo poder concentrado es poder tiránico para el pensamiento clásico y que para detener la tiranía había que dividir al poder político en su ejercicio. En estos tiempos la tiranía estaba marcada por el hambre, y no por el miedo al rey, por ello es que el poder Estatal debía tener la mayor celeridad para tomar medidas que marcaran el rumbo económico - político y llevarana la recuperación económica.
En este contexto llega a nuestro máximo tribunal el fallo “Delfino M.A & Cia C/Estado Nacional”, en el cual se trata de dilucidad si el poder legislativo tiene competencia para el dictado de reglamentos – declaración unilateral efectuada en ejercicio de la función administrativa, que produce efectos generales en forma directa-; en base a qué se le puede otorga alpoder Ejecutivo dicha competencia, si la misma es de carácter originario o impropio y cuáles son los límites que presenta la misma.
Empezaremos haciendo un distingo entre el derecho administrativo y el derecho civil ordinario dado que para el primero la competencia es la capacidad legal que tiene un órgano, para el segundo (derecho privado) a lo mismo se lo entiende como el modo en el que sepuede ejercer dicha capacidad legal. Por eso en el derecho administrativo la competencia debe ser expresa e improrrogable.
Aclarado esto, me adentro en el caso que se pretende estudiar en el cual la acciónate – DELFINO, A.M. y Cía. - solicita la remisión de una multa que le fue aplicada por la Prefectura; entendiendo que dicha multa estaba viciada de inconstitucionalidad porque nacía de unareglamentación efectuada por un poder incompetente para el dictado de normas punitivas, entendiendo que el Poder Legislativo había efectuado una delegación directa de facultades en favor del Poder Ejecutivo la cual avasallaba la base de nuestro derecho constitucional, vulnerando la división de poderes establecida en nuestra Carta Magna en los incisos 18, 67 incs. 11, 12 y el art. 28.
Ciertamente laPrefectura General de Puertos tenia en forma exclusiva el deber de cumplir con el rol de Policía de los mares, ríos, canales y puertos que se encontraran sometidos a las jurisdicción Nacional, debiendo “vigilar el cumplimiento de las disposiciones de las autoridades sanitarias; cuidar de la limpieza de los puertos donde no existan dichas autoridades y remover los obstáculos accidentales que entorpezcanla navegación y juzgar las faltas o contravenciones a las ordenanzas policiales cuando la pena no exceda de un mes de arresto o de cien pesos de multa, debiendo proceder de acuerdo con lo dispuesto en el título II, libro IV del Código de Proc. Criminales, resolución que será apelable para ante el juez de sección inmediato” rol que le fue conferido por el Poder Legislativo y se plasmó con la leyN° 3.445 del 20/10/1896.
Como consecuencia del rol fijado por la legislatura la prefectura debió asumir el carácter de Policía de los Mares e imponerle al vapor alemán “Bayen” una multa de cincuenta pesos, atento la contravención al Reglamento del Puertos de la Capital (reglamento decretado por el Poder Ejecutivo) atento haber arrojado en la zona del puerto desechos, desafiando así lo...
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