Caso Derecho Laboral
1. Se despiden a los 20 trabajadores de Málaga mediante despido colectivo, ya que al ser el número de trabajadores mayor que el 10% de la plantilla(10%115=11,5 (12)), se puede considerar que sea un despido colectivo, según el artículo 51.1 de Estatuto de los Trabajadores, y por tanto se puede afirmar que losrepresentantes de los trabajadores tienen razón. A los 9 trabajadores temporales no se les puede extinguir el contrato por expiración el contrato, dado que no hallegado el momento de que dichos contratos se expiren, por lo que se consideraría un fraude de ley.
2. Los contratos de los 20 trabajadores se extinguenmediante contrato colectivo por causas económicas de la empresa, causa prevista en el artículo 49 del Estatuto de los Trabajadores, al estar uno de los centros detrabajo de la empresa en una situación económica negativa, aunque la empresa en conjunto presente beneficios.
3. Los trabajadores piden una indemnizacióneconómica de 20.000€ y una aportación económica con cargo a la recolocación y reciclaje profesional, además de las indemnizaciones legalmente establecidas. Sinembargo, la ley sólo exige una indemnización legal de 20 días de salario por año de antigüedad, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un año,con un máximo de doce mensualidades, a la cual tienen derecho los 20 trabajadores despedidos de conformidad con lo dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores. Aúnasí, los trabajadores pueden acudir al procedimiento de conflicto colectivo para pedir esa sobre-indemnización, afectando a todo el conjunto de trabajadores.
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