Caso Magaly Medina
El delito más común quese comete a través de un medio de comunicación es la difamación, que es la atribución de un hecho falso a una persona y la difusión masiva del mismo. En nuestro país, esta conducta puede tener unapena que va entre 1 a 3 años de prisión.
El tema está en que los jueces cuentan con discrecionalidad para que la pena sea efectiva o no si ésta es menor de 4 años. Esto es lo que ocurrió en lasanteriores sentencias condenatorias contra Medina. Y aquí viene el primer punto considerado por la magistrada que llevó el caso: la existencia de la misma inconducta en varias oportunidades lleva a que seconsidere que deba darse una sanción mayor la cual, además, está dentro de la ley. Como lo he escuchado de varios abogados constitucionalistas y penalistas a lo largo del dìa - y la experienciajurídica también cuenta -, la verdad es que estamos poco acostumbrados a que se impongan penas efectivas cuando las mismas son menores de 4 años.
Un segundo tema a considerar es la conducta del procesado.A despecho de lo que se dijo en la suerte de “Teletón pro Magaly” hecha por el canal que acoge el programa en cuestión, la periodista y su productor no acudieron a tiempo a las citaciones hechas eneste caso, por lo que ello también es considerado por la jueza.
Finalmente, el delito en sí. Sin duda, Medina y su equipo no contrastaron la información sobre el fútbolista Guerrero, lo que...
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