Caso matricula estudiante de la costa
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E
l padre de familia señala que a pesar de que mostró los documentos originales para matricular a su hijo menor de edad, la directoradel centro educativo le negó la matrícula durante los dos últimos años, al no reportar al estudiante dentro de las bases de datos. El padre de familia se presentó en la institución educativa a realizarla matrícula de su hijo, la cual realizó, como lo demuestra la hoja de matrícula que aporta como prueba y alega que en ningún momento se le negó el ingreso a la institución pues el joven es alumnoregular de la institución, y nunca se le informó sobre la legalidad de la matrícula en la institución educativa. A esto se suma, que la directora consideró que su comportamiento académico no erasatisfactorio por lo cual no inscribió al alumno para la presentación de las pruebas ICFES considerando que éste podría afectar el nivel académico de la institución con los resultados obtenidos, pero sirecaudó el dinero por parte del alumno para inscribirlo antes el ICFES. De este modo, le han sido vulnerados los derechos a la vida, la educación, la igualdad y la subsistencia en condiciones dignas.Teniendo en cuenta lo anterior, el derecho a la educación es innegable como el derecho de acceso a ésta y no puede ser vulnerado por este tipo de errores de carácter administrativo. Así las cosas, aunquelas autoridades administrativas en las instituciones educativas deben exigir la presentación de ciertos documentos para proceder a la matrícula lo que debe de prevalecer es el derecho de educación asícomo el interés superior del menor, en los términos en que ha sido reconocido por la Ley 115 de 1994, en los Instrumentos Internacionales en materia de Derechos Humanos vigentes, en los artículos 7,8, 9 y 10 del Código de la Niñez y la Adolescencia (1098 de 2006) y bajo ese supuesto, en el caso concreto, por la falta de documentos legalizados por parte del padre de familia quien no sentó su...
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