Caso noble herrera completo
Cámara Nacional de Casación Penal
Causa Nro. 12.254 - Sala II -
AHerrera de Noble, Ernestina
L. s/ recurso de casación@.
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///n la Ciudad de Buenos Aires, a los 9 días del mes de abril del año dos mil diez, se reúne la Sala II de la Cámara Nacional de Casación Penal integrada por el doctor W. Gustavo Mitchell como Presidente y los doctores Guillermo J.Yacobucci y LuisM. García como Vocales, asistidos por la Prosecretaria Letrada Doctora Sol Déboli, a los efectos de resolver en los términos del art. 455 C.P.P.N.,el recurso de casación presentado por la defensa contra la sentencia de fs. 338/339(de los testimonios del incidente nº 5.477), en la causa número 12.254 del registro de esta Sala, caratulada “Herrera de Noble, Ernestina Laura s/ recurso de casación”.Comparecieron en representación de Marcela Noble Herrera y de Felipe Noble Herrera, su apoderado doctor Horacio Marcelo Silva, patrocinado por los doctores Jorge Anzorreguy, Alejandro Carrió y Roxana Piña, por la imputada Ernestina Laura Herrera de Noble sus defensores doctores Eduardo Padilla Fox y Carlos Alberto Espinosa, por la imputada Norma Nélida Teresa Cadoppi la Sra. Defensora Oficialante esta instancia Dra. Laura Beatriz Pollastri, por la querella de la Asociación Abuelas de Plaza de Mayo su presidenta, Estela Barnes de Carlotto, y los apoderados doctores Alan Iud, Mariano Gaitán asistidos
por el doctor Agustín Chit, por los querellantes Estela Gualdero y Carlos Alberto Miranda su apoderada la Dra. Alcira Ríos con el patrocinio del doctor Pablo Llonto.
Efectuado el sorteopara que los señores jueces emitan su voto, resultaron designados para hacerlo en primer término el juez doctor Luis M. García y en segundo y tercer orden los jueces doctores y W. Gustavo Mitchell y
Guillermo J. Yacobucci, respectivamente.
Registro Nº: 16.217
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El señor juez doctor Luis M. García dijo:
-I Que la Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín, por decisión de 11 demarzo del corriente dictada en la causa nº 5477 de su registro (fs. 338/339, del incidente de apelación), declaró mal concedidos los recursos de apelación (de fs. 5463/5468 vta. y fs. 5503/5507 vta. de los autos principales cuyas copias obran a fs. 271/276 vta. y fs. 311/315 vta. del incidente de apelación), que los doctores Alejandro Carrió, Jorge Anzoreguy y Roxana Piña habían deducido contra lasdecisiones del juez a cargo del Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N° 2 de San Isidro, de fecha 8 de febrero (de fs. 5450 del principal, cuya copia obra a fs. 648/648 vta. de los testimonios del principal) y de fecha 15 de febrero del corriente (fs. 5461/5462 vta, cuya copia obra a fs. 659/660 vta. de los testimonios).
Contra esa decisión, los mencionados letrados interpusieronrecurso de casación (fs. 365/373, del incidente de apelación), que fue ratificado por Marcela Noble Herrera y Felipe Noble Herrera en el mismo cuerpo del escrito de interposición (fs. 373). El recurso fue denegado por la Cámara Federal con fecha 18 de marzo del presente (fs. 377, del incidente de apelación) lo que dio lugar al recurso de queja (fs. 1/12 de las presentes actuaciones), el cual fueconcedido por esta Sala por decisión de fecha 29 de marzo de 2010 (fs. 153/153 vta.).
-II En el recurso de casación los recurrentes se quejan de que se los ha privado de las vías recursivas que la ley provee para la garantía de derechos de raigambre constitucional. En concreto, sostienen que Marcela Noble Herrera y Felipe Noble Herrera gozan del derecho constitucional a que su autonomía y lainviolabilidad de sus personas no se vea avasallados por una decisión relativa a la indagación de su ascendencia u origen, y que el a quo les privó de una decisión sobre esta cuestión. Se señala que también se había sometido al a quo la impugnación de la ley 26.549 que regula los exámenes de “histocompatibilidad”, ley que habían tachado de inconstitucional, “[…] puesto que esa norma desatiende el daño...
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