Caso Pedro
PEDRO SUSTRAE UN ARMA DE UN POLICÍA CON EL PROPÓSITO DE ROBAR A UNA FARMACIA Y EN EL INTENTO MATA A LA EMPLEADA
Delito de robo de arma a un funcionario público.
Sustracción o arrebato de armamento o municiones de uso oficial Incorporado por la segunda disposición
complementaria del Decreto Legislativo 898 del 27 de mayo
de 1998).
El Artículo 279 – B del Código Penal dice :
Elque sustrae o arrebate, armas de fuego en general, o
municiones o granadas de guerra, o explosivos a miembros de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional o de Servicios de Seguridad, será reprimidocon pena privativa de libertad no menor de diez ni mayor de veinte años.
La pena será de cadena perpetua si a consecuencia del arrebato o sustracción del arma o municiones a que se refiere elpárrafo precedente, se causará la muerte o lesiones graves de la víctima o de terceras personas.
Homicidio doloso:
El Bien Jurídico protegido es la vida humana independiente.
- El Sujeto Activo: Pedro.
-El Sujeto Pasivo: Empleada.
- La Acción Típica: Matar a la empleada.
La afección se produce con la lesión o puesta en peligro del Bien Jurídico vida humana independiente.
- El sujeto material deldelito es la persona que muere.
-La estructura típica es el clásico delito de resultado material.
Se considera que se pone fin a la vida humana independiente en el momento en que se produce la llamadamuerte cerebral.
Comisión del delito de homicidio.
Se ha de poder diferenciar entre si había “animus laendi” (ánimo de lesionar) o existía “animus necandi” (ánimo de matar). Como vemos en el caso noexiste “animus necandi”, el propósito del agente es robar la farmacia su fin no es matar.
Homicidio preterintencional.
Se trata de un homicidio preterintencional, es decir, el autor del delito obtieneun resultado que no se esperaba y que sobrepasa a lo que el busco o tenía como fin cuando cometió el delito.
Concurren varios hechos punibles que deben considerarse como delitos independientes,...
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