caso práctico fin de modulo 1
a) Redactar una solicitud de información medioambiental según la Ley 38/95 y la Directiva nueva 4/2003
La Ley 38/95 sobre el Derecho de Acceso a la Información en materia de Medio Ambiente no regula expresamente cómo debe realizarse la solicitud. Por ello, aplicando el Art. 71 de la LRJPAC, al ser derecho supletorio por la Disposición final primera de la Ley38/95, el contenido mínimo de toda solicitud debe recoger los siguientes extremos:
* Nombre y apellidos de la persona que realiza la solicitud, o de quién le represente, con indicación de su NIF.
* Medio preferente de comunicación o lugar donde deba efectuarse la misma. Petición concretada con toda claridad. Lugar y fecha.
* Firma de la persona solicitante.
* Órgano, centro o unidadadministrativa a la que se dirige la solicitud de información.
La ausencia de cualquiera de estos requisitos puede ser causa de inadmisión de la solicitud. .
Líneas generales sobre cómo hacer la solicitud:
1. Ser específico en tu solicitud. Información clara y completa.
2. La solicitud debe ser dirigida al organismo que tenga la información que estás buscando.
3. Especificar que la solicitud se estáhaciendo al amparo de la Ley 38/1995 sobre el Derecho de Acceso a la Información en materia de Medio Ambiente y de la Directiva 2003/4 (y del Convenio de Århus) en lo no incluido en la mencionada Ley 38/1995 y, en su caso, de la normativa autonómica de desarrollo.
4. Especificar la forma y manera en que deseas recibir la información.
Nota: Aunque legalmente no estés obligado a ello, registrar lasolicitud en el organismo al que la diriges, o si la solicitud se efectúa por correo, hacerlo por correo certificado. Así, si deniegan la información, se retrasan o no dan exactamente aquello que pedías, podrás reclamar legalmente.
b) ¿Está la organización americana legitimada para solicitar información medioambiental?
El artículo 3 de la ley 27/2006 habla de "derechos en materia de medioambiente".Si leemos el apartado "1a" en relación con el derecho a la información; se establece el derecho a:
a) A acceder a la información ambiental que obre en poder de las autoridades públicas o en el de otros sujetos en su nombre, sin que para ello estén obligados a declarar un interés determinado, cualquiera que sea su nacionalidad, domicilio o sede.
Por tanto, podemos concluir, que la empresaamericana tiene perfecto derecho a solicitar esa información.
Para lo que no estaría legitimada dicha empresa, sería para acceder a la justicia y tutela administrativa en asuntos de medioambiente, ya que no cumple con el apartado 1 c del articulo 23 de la ley 27/2006.
Dicha empresa, no desarrolla su actividad en el territorio afectado por la construcción de la refinería.
Artículo 23. Legitimación.1. Están legitimadas para ejercer la acción popular regulada en el artículo 22 cualesquiera personas jurídicas sin ánimo de lucro que acrediten el cumplimiento de los siguientes requisitos:
a) Que tengan entre los fines acreditados en sus estatutos la protección del medio ambiente en general o la de alguno de sus elementos en particular.
b) Que se hubieran constituido legalmente al menos dosaños antes del ejercicio de la acción y que vengan ejerciendo de modo activo las actividades necesarias para alcanzar los fines previstos en sus estatutos.
c) Que según sus estatutos desarrollen su actividad en un ámbito territorial que resulte afectado por la actuación, o en su caso, omisión administrativa.
c) ¿Es suficiente ampararse en el secreto industrial para negar información?
No, a no serque este justificado.
Según la ley 27/2006 la excepción que mas se ajustaría a esa negativa, seria:
CAPÍTULO IV
Excepciones
Artículo 13. Excepciones a la obligación de facilitar la información ambiental.
2. Las solicitudes de información ambiental podrán denegarse si la revelación de la información solicitada puede afectar negativamente a cualquiera de los extremos que se enumeran a...
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