Caso Practico Derecho
Pregunta Nº1: Robo de Mercadería.
Enunciado: Gasto por robo de mercadería por valor de S/.120 000 se sabe que se ha hecho la denuncia policial y que se ha descontado S/. 10 000 a la empresa de seguridad por la pérdida.
La ley señala: Las pérdidas extraordinarias sufridas por caso fortuito o fuerza mayor en los bienes productores de renta gravada o por delitos cometidos enperjuicio del contribuyente por sus dependientes o terceros, en la parte que tales pérdidas no resulten cubiertas por indemnizaciones o seguros y siempre que se haya probado judicialmente el hecho delictuoso o que se acredite que es inútil ejercitar la acción judicial correspondiente.
Análisis: De lo señalado anteriormente, se puede concluir lo siguiente:
Son deducibles cuando eldelito ha sido comprobado y existen dos maneras de probanza:
La judicial. Aunque no necesita una sentencia condenatoria debido a que no es relevante la determinación del delincuente sino únicamente la prueba de que existió delito.
Se acredite que la acción judicial es inútil ya que no hay delincuente identificado, documento que archive el caso, que usualmente, es emitido por la fiscalíacorrespondiente.
De ser deducible, solamente se deducirían S/. 110 000 ya que, por lo explicado anteriormente en la ley, se deduce el monto que no haya resultado cubierto por indemnizaciones o seguros.
Pregunta Nº2: Provisión por cobranza dudosa.
Enunciado: El contribuyente tiene cuentas por cobrar por S/1 000 000. De ese monto a provisionado contablemente S/ 700 000 y de estaprovisión S/ 500 000 no han pasado doce meses desde su exigibilidad y S/ 100 000 corresponden a una cuenta por cobrar a una empresa vinculada.
La Reglamento de la ley señala: Para efectuar la provisión de deudas incobrables a que se refiere el inciso i) del Artículo 37º de la Ley, se deberá tener en cuenta las siguientes reglas:
1. El carácter de deuda incobrable o no deberá verificarse enel momento en que se efectúa la provisión contable.
2. Para efectuar la provisión por deudas incobrables se requiere:
Que la deuda se encuentre vencida y se demuestre la existencia de dificultades financieras del deudor que hagan previsible el riesgo de incobrabilidad, mediante análisis periódicos de los créditos concedidos o por otros medios, o…
Se demuestre la morosidad del deudormediante la documentación que evidencie las gestiones de cobro luego del vencimiento de la deuda, o…
El protesto de documentos, o…
El inicio de procedimientos judiciales de cobranza, o…
Que hayan transcurrido más de doce (12) meses desde la fecha de vencimiento de la obligación sin que ésta haya sido satisfecha.
La Ley del IR en su artículo 37, señala: A fin de establecer la rentaneta de tercera categoría se deducirá de la renta bruta los gastos necesarios para producirla y mantener su fuente, así como los vinculados con la generación de ganancias de capital, en tanto la deducción no esté expresamente prohibida por esta ley, en consecuencia son deducibles:
Inciso I: Los castigos por deudas incobrables y las provisiones equitativas por el mismo concepto, siempre quese determinen las cuentas a las que corresponden.
No se reconoce el carácter de deuda incobrable a:
i. Las deudas contraídas entre sí por partes vinculadas.
ii. Las deudas afianzadas por empresas del sistema financiero y bancario, garantizadas mediante derechos reales de garantía, depósitos dinerarios o compra venta con reserva de propiedad.
iii. Las deudas que hayan sido objeto derenovación o prórroga expresa.
Análisis: De lo señalado anteriormente, se puede concluir lo siguiente:
Los S/.500,000; basándose en el enunciado que dice que no han pasado 12 meses desde su exigibilidad, no se debería provisionar. Sin embargo; la ley, como se observa, tiene otros supuestos adicionales los cuales de cumplirse alguno de ellos, el monto de los S/500,000 se podrían provisionar....
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