caso sobre adquisición de nacionalidad española
CIVIL
1. Concepto y regulación.
2. Modos de adquisición de la nacionalidad.
3. Perdida de la nacionalidad española.
4. Recuperación de la nacionalidad española.
5. Doble nacionalidad.
6.Vecindad civil. Modos de adquisición.
7. El domicilio y la residencia.
8. La ausencia y la declaración de fallecimiento.
NACIONALIDAD.CONCEPTO
Tener el estado civil de español:
Pertenecer a la comunidad de personas vinculadas al Estado español.
No pertenecer a dicha comunidad: es ser extranjero.
Regulado:
En el Título I del Libro I del CC, que lleva por rúbrica “De los españoles y extranjeros”.
El artículo 27 C.c establece “los extranjeros gozan en España de los mismos derechos
civiles que losespañoles, salvo lo dispuesto en las leyes especiales y en los tratados”.
No supone que extranjero y otro español van a recibir el mismo tratamiento o que ambos se rigen
por el mismo derecho.
Por el hecho de ser extranjero no va a ver recortada su capacidad jurídica y de obrar en España (como
ocurría antes), que es distinto que reconocer la misma capacidad jurídica.
El extranjerotendrá la capacidad y el estado civil que le otorgue la ley de su país.
Sin embargo los extranjeros sí se verán afectados por determinadas incapacidades relativas o
prohibiciones o reglas particulares. No podrán realizar determinados actos o necesitarán
determinados requisitos para realizar actos que los españoles no requieren especiales
consideraciones.
MODOS DE ADQUISIÓN DE LANACIONALIDAD
Reserva de ley: Art. 1.1. Constitución Española: “la nacionalidad española se
adquiere…de acuerdo con lo establecido en la ley”.
………………….
Originaria: nace español y sin necesidad de intervención del interesado, por ser
de padre español o nacer en España.
Derivada: nace extranjero pero adquiere la nacionalidad española
posteriormente. Adquiere la nacionalidad porun hecho posterior al nacimiento.
………………………..
Automática: desde que ocurre el hecho que supone la adquisición de la
nacionalidad
No automática: o se adquiera cuando además de producirse el hecho que
supone la adquisición además se cumplen determinados trámites (art. 23).
Declarar que renuncia a la nacionalidad anterior.
Jurar o prometer fidelidad al Rey y obediencia ala Constitución y a las leyes.
Que la adquisición se inscriba en el Registro Civil español.
ORIGINARIA
A.- Por nacimiento de padre español: filiación o ius sanguinis.
Art. 17.1.a “son españoles de origen los nacidos de padre o madre españoles”. se incluyen:
…………………………..
…………………………Siempre que el padre o la madre sean conocidos porque la filiación
conste legalmente de algunaforma. Por lo tanto:
Padres conocidos y españoles: es español.
Padres no conocidos y niño extranjero pero se determina después la filiación respecto a uno
de sus padres español:
Si se determina antes de que el hijo tenga 18 años. Es automática y se le considera español
de origen. (Art. 17.2.)
Si fuera después de los 18 años no es automática sino que se le reconoce un derecho de
optarpor la nacionalidad española. (art. 17.2)
……………………..:
La adopción de un extranjero menor de 18 años por español, la adquiere de forma automática y
de origen.(art. 19.1). Salvo casos excepcionales solo se puede adoptar a menores de edad.
La adopción de un extranjero mayor de edad por un español, permite optar por la
nacionalidad española en el plazo de dos años desde la adopción(art. 19.2).
ORIGINARIA
B- Por nacimiento en el territorio español: Ius soli o derecho
de suelo (Art. 17.1.b y ss)
Los nacidos en España de padres extranjeros si, al menos, uno de
ellos hubiera nacido también en España. Se exceptúan los hijos de
funcionario diplomático o consular acreditado en España.
Los nacidos en España de padres extranjeros, si ambos carecieren de...
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