Caso Velasquez Rodriguez
Sentencia de 29 de julio de 1988
En el caso Velásquez Rodríguez, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, integrada por los siguientes jueces:
Rafael Nieto Navia, Presidente
Héctor Gros Espiell, Vicepresidente,
Rodolfo E. Piza E., Juez
Thomas Buergenthal, Juez
Pedro Nikken, Juez
Héctor Fix-Zamudio, Juez
Rigoberto Espinal Irías, Juez ad hoc;
presentes,además,
Charles Moyer, Secretario, y
Manuel Ventura, Secretario Adjunto
de acuerdo con el artículo 44.1 de su Reglamento ( en adelante " el Reglamento " ), dicta la siguiente sentencia sobre el presente caso introducido por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos contra el Estado de Honduras.
1. Este caso fue sometido a la Corte Interamericana de Derechos Humanos ( en adelante " la Corte " )por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos ( en adelante " la Comisión " ) el 24 de abril de 1986. Se originó en una denuncia ( No. 7920 ) contra el Estado de Honduras ( en adelante " Honduras " o " el Gobierno " ), recibida en la Secretaría de la Comisión el 7 de octubre de 1981.
2. Al introducir la demanda, la Comisión invocó los artículos 50 y 51 de la Convención Americana sobreDerechos Humanos ( en adelante " la Convención " o " la Convención Americana " ). La Comisión sometió este caso con el fin de que la Corte decida si hubo violación, por parte del Estado involucrado, de los artículos 4 ( Derecho a la Vida ), 5 ( Derecho a la Integridad Personal ) y 7 ( Derecho a la Libertad Personal ) de la Convención, en perjuicio del señor Angel Manfredo Velásquez Rodríguez ( tambiénconocido como Manfredo Velásquez ). Asimismo, solicitó que la Corte disponga que " se reparen las consecuencias de la situación que ha configurado la vulneración de esos derechos y se otorgue a la parte o partes lesionadas una justa indemnización ".
3. Según la denuncia presentada ante la Comisión y la información complementaria recibida en los días inmediatamente siguientes, Manfredo Velásquez,estudiante de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras, " fue apresado en forma violenta y sin mediar orden judicial de captura, por elementos de la Dirección Nacional de Investigación y del G-2 ( Inteligencia ) de las Fuerzas Armadas de Honduras ". El apresamiento habría tenido lugar en Tegucigalpa, el 12 de setiembre de 1981 en horas de la tarde. Los denunciantes declararon que varios testigosoculares manifestaron que fue llevado junto con otros detenidos a las celdas de la II Estación de la Fuerza de Seguridad Pública ubicadas en el Barrio El Manchén de Tegucigalpa, donde fue sometido a. " duras interrogaciones bajo crueles torturas, acusado de supuestos delitos políticos ". Agrega la denuncia que el 17 de setiembre de 1981 fue trasladado al I Batallón de Infantería dondeprosiguieron los interrogatorios y que, a pesar de ésto, todos los cuerpos policiales y de seguridad negaron su detención.
4. Después de haber transmitido la denuncia al Gobierno, la Comisión, en varias oportunidades, solicitó del mismo la información correspondiente sobre los hechos denunciados. Ante la falta de respuesta del Gobierno, la Comisión, por aplicación del artículo 42 ( antiguo art. 39 ) de suReglamento, presumió " verdaderos los hechos denunciados en la comunicación de 7 de octubre de 1981 relativos a la detención y posterior desaparición del señor Angel Manfredo Velásquez Rodríguez en la República de Honduras " y observó al Gobierno " que tales hechos constituyen gravísimas violaciones al derecho a la vida ( art. 4 ) y al derecho de libertad personal ( art. 7 ) de la ConvenciónAmericana " ( resolución 30/83 de 4 de octubre de 1983 ).
5. El 18 de noviembre de 1983 el Gobierno pidió la reconsideración de la resolución 30/83, argumentando que no se habían agotado los recursos de la jurisdicción interna; que la Dirección Nacional de Investigación ( en adelante " DNI " ) desconocía el paradero de Manfredo Velásquez; que el Gobierno estaba haciendo todas las diligencias para...
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