casos de escuelas
¿Cuál sería la normativa a aplicar y la decisión a tomar?
El docente de la asignatura debió en primera instancia haberle manifestado de forma verbal al estudiante su preocupación por la falta de asistencia a su clase, de seguirpresentándose la situación el docente debe presentar de forma escrita levantándose las actas por parte debidamente firmadas y selladas por el docente-estudiante, (como mínimo deben presentarse3 actas respectivas).
Ante lo expuesto debemos tomar en consideración el artículo 57 de la LOPNNA donde se hace referencia a la disciplina escolar acorde con los derechos y garantías de los niños niñas yadolescentes, específicamente LITERAL Callí enuncia que, antes de la imposición de cualquier sanción debe garantizarse a los niños niñas o adolescentes el ejercicio de los derechos a opinar y a la defensa y después de haber sido impuesto se le debe garantizar la posibilidad de impugnarla ante una autoridad superior e imparcial.
Cabe aclarar, que de no encontrar resultados satisfactorios el docente deberemitir el caso a la Coordinación Pedagógica como segundo canal regular. Allí el Coordinador Pedagógico debe realizar la citación al representante legal para hacerle saber el caso y que él este consiente de las situaciones y consecuencias que puede acarrear con las inasistencias presentadas, si a la primera no viene se deben mandar hasta una tercera citación levantándose actas respectivamente. Si enla primera citación atiende a lo expuesto se debe levantar en acta respectiva de la cita hecha donde se exponga que estáconsciente del caso.
En Entrevista con la madre: La madre del estudiante, expone lo siguiente, con respecto a su representado: Que tal como lo ha descrito en otras oportunidades, ella es una persona enferma y su hijo tiene que trabajar para poder mantenerla y poder estudiar.Este hecho es plenamente entendido y justificado desde el punto de vista humano, sin embargo la Ley Orgánica de Protección del Niño, Niña y Adolescente en el artículo 54, establece la Obligación de los padres, Representantes o Responsables en Materia de Educación: Los padres, Representantes o responsables tienen la obligación inmediata de garantizar la educación de los niños y adolescentes. Enconsecuencia, deben inscribirlos oportunamente en una escuela, plantel o instituto de educación, de conformidad con la Ley, así como exigirles su asistencia regular a clases y participar activamente en su proceso educativo.”
Considerando la situación de la madre y que el estudiante cumple con la edad mínima para desarrollar labores remuneradas autorizadas por su madre no se está incurriendo en undelito, ahora bien, como se observa en el enunciado del problema la madre siempre describió la situación sin embargo no siguió los canales regulares para avalar y justificar las inasistencias de su representado, el cual debe portar una credencial que lo identifique como trabajador.
En este orden de ideas, si no se ve mejoría en el caso el Coordinador Pedagógico debe levantar un expedienteadministrativo que lleve las actas de los procedimientos realizados anteriormente y remitirlo al departamento de Protección y desarrollo estudiantil, el cual debe realizar una visita domiciliaria para verificar y corroborar la información dada por el representante y el estudiante.
De ser cierta, el Coordinador de Protección debe manifestar en Consejo General de Docente que el estudiante se encuentra en...
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