casos practicosPara los asuntos de los juzgados unipersonales tienen competencia la AP. Por ej: un caso real. Un asunto de malos tratos en donde eljuzgado de 1º instancia mediante auto ordena una orden de alejamiento del sujeto asi como recipiente la salida de la vivienda que compartian. Esta instruccionsolo se llevo a cabo por mero elemento mecanicista: Es decir que por el hho de existir una demanda de malos tratos se puso en marcha el mecanismo deprecauccion, pero no se intereso por la veracidad de la denuncia. comprobado esta por la policia judicial se aprecia no solo intencion torticiera del derechosi no que habia una maquinacion de la parte con el fin de producir un daño que no era otro que el quedarse con los bienes. Se apela ante la Ap atendiendoque tales medidas son impuesta cuando el sujeto tiene antencedente y tambien cuando hay indicios minimos de la veracidad de los hechos.... la Ap estimo laapelacion antendiendo que de acuerdo con la doctrina, en el ambito penal el objetivo principal es la proteccion de la victima hasta dislucidar lasresponabilidades penales que conlleven tales conducta gravosa pero no olvidemos que nuestra CE reconoce el principio de la presuncion que debe de velar no soloen la fase instructora si no a lo largo de todo el proceso. jurs del TS 1230-2/1990
En cuanto a la otra cuestion no es necesario que le tires todo esterollo en la pregunta practica pues a ellos les interesa que seas escueto y preciso que ya para alegatos ya tendras tiempo en el ejercicio de la abogacia
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